PAGE 4 Inadmisión 29508 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Magistrada ponente: ISAURA VARGAS DIAZ Radicación No. 29508 Acta No 30 Bogotá, D. C., diecisiete (17) de mayo de dos mil seis (2006). Se resuelve sobre la procedencia del recurso de revisión interpuesto contra las sentencias proferidas por el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y la Sala Laboral de esta Corporación en el proceso que promovió el recurrente contra la UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA.
I.
ANTECEDENTES Por considerar que “la UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA, ENGAÑO Y SE BURLO de la Honorable Magistrada, lo mismo que del Juzgado y el Tribunal”, JORGE ARTURO GONZALEZ PUERTO interpuso “recurso de revisión” contra las sentencias proferidas el 23 de marzo de 2001 y 25 de abril de 2002, por el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, respectivamente y la dictada por esta Corporación el 30 de abril de 2003, radicación 19950.
II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Sería del caso adentrarse al estudio del “recurso de revisión” si no fuera porque la Corte observa que, no obstante que uno de los presupuestos de validez de los recursos judiciales es el de la legitimación adjetiva, en su proposición, no aparece en el expediente constancia de haberse acreditado la calidad de abogado por quien interpuso el recurso, en los términos establecidos en los artículos 22 del Decreto 196 de 1971, 67 y 84 del Código de Procedimiento Civil.
Así las cosas, no es dable admitir el recurso extraordinario, habida cuenta que quien lo suscribe, JORGE GONZALEZ PUERTO, no demostró la calidad de abogado. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E: 1. Inadmitir el recurso de REVISIÓN interpuesto por JORGE ARTURO GONZALEZ PUERTO contra las sentencias proferidas por el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y la Sala Laboral de esta Corporación en el proceso que promovió el impugnante contra la UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA.
Notifíquese, cúmplase y archívese el expediente. ISAURA VARGAS DIAZ GUSTAVO JOSE GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LOPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GOMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO MARIA ISMENIA GARCIA MENDOZA Secretaria República de Colombia � Corte Suprema de Justicia