CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CASACIÓN 28329 SAMUEL GALVIS ARIAS PAGE 2 CASACIÓN 28329 SAMUEL GALVIS ARIAS Proceso No 28329 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA Aprobado Acta No.295 Bogotá, D. C., dieciséis (16) de septiembre de dos mil nueve (2009). VISTOS Procede la Sala a decidir acerca de la cesación del procedimiento por muerte del procesado Luis Édgar Devia Silva, alias Raúl Reyes, dentro del trámite del recurso de casación interpuesto por la defensa de SAMUEL GALVIS ARIAS.
CONSIDERACIONES DE LA SALA 1. El numeral 1 del artículo 82 del Código Penal y el artículo 38 de la ley 600 de 2000 contemplan como causal de extinción de la acción penal la muerte del procesado. Así mismo, el artículo 38 del Código de Procedimiento Penal señala que, en cualquier momento de la etapa del juicio en que aparezca demostrado que la actuación no puede proseguirse, el funcionario competente declarará la cesación del procedimiento. 2.
En el asunto que centra la atención de la Sala, al contrario de lo que sucedió con Pedro Antonio Marín (alias Tirofijo ), se comprobó el fallecimiento del procesado Luis Édgar Devia Silva (alias Raúl Reyes ), identificado con cédula de ciudadanía número 14’871.281, expedida en Buga (Valle). Lo anterior, de acuerdo con el informe de la Registraduría Nacional del Estado Civil que obra en la actuación, así como el registro civil de defunción correspondiente.
En consecuencia, la Sala extinguirá la acción penal seguida en contra de esta persona, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 82 del Código Penal, en armonía con lo previsto en el artículo 38 del ordenamiento adjetivo. Y dado que la actuación procesal no puede proseguirse, la Corte también decretará la cesación del procedimiento adelantado en contra de Luis Édgar Devia Silva, alias Raúl Reyes, en virtud de lo señalado en el artículo 39 de la ley 600 de 2000.
Por último, el juzgado de primera instancia realizará las anotaciones y cancelaciones que se deriven del caso. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE 1. EXTINGUIR la acción penal a favor de Luis Édgar Devia Silva, alias Raúl Reyes, debido al comprobado fallecimiento de esta persona. 2. Como consecuencia de lo anterior, DECRETAR la cesación del procedimiento seguido en contra de Luis Édgar Devia Silva, alias Raúl Reyes. 3.
DISPONER que por el juzgado de primera instancia se realicen las anotaciones y cancelaciones pertinentes. Contra esta providencia, procede el recurso de reposición. Notifíquese y cúmplase. JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS JAVIER ZAPATA ORTIZ TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria � Folios 10 y 12 del cuaderno de la Corte.