CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Rad. 27769. EXTRADICIÓN. ANTONIO ULISES CORTÉS ESCOBAR República de Colombia Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS Aprobado acta N° 045 Bogotá, D. C., veintinueve (29) de febrero de dos mil ocho (2008). VISTOS Decide la Corte lo que en derecho corresponda respecto del ciudadano colombiano ANTONIO ULISES CORTÉS ESCOBAR, cuya solicitud de extradición por parte del Gobierno de los Estados Unidos de América ha sido retirada.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES 1. Mediante Nota Verbal N° 1534 del 8 de junio de 2007, el Gobierno de los Estados Unidos de América España, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la extradición del ciudadano colombiano ANTONIO ULISES CORTÉS ESCOBAR, identificado con la cédula de ciudadanía N° Rad. 27769. EXTRADICIÓN. ANTONIO ULISES CORTÉS ESCOBAR República de Colombia Corte Suprema de Justicia 14.948.671, afirmando que en su contra se había proferido acusación por el cargo de concierto relacionado con el tráfico de estupefacientes. 2.
Por resolución del 7 de febrero de 2007, el Fiscal General de la Nación dispuso la captura con fines de extradición del ciudadano CORTÉS ESCOBAR, la cual se llevó a cabo en la ciudad de Cali el 12 de abril siguiente. 3. Remitido el expediente a la Corte y adelantos los trámites legales correspondientes, en la actualidad el asunto se encuentra pendiente para la emisión del respectivo concepto. 4.
Mediante oficio N° 0F108-4952-DIJ-0100 del pasado 25 de febrero, el Ministerio del Interior y de Justicia, hizo llegar a esta Corporación el oficio N° OAJ.E 0350 del Ministerio de Relaciones Exteriores, fechado el del 21 de febrero del año en, el cual remite a su vez, la Nota Verbal N° 0515 de la última fecha citada, a través del cual la Embajada de los Estados Unidos de América en Colombia, informa que "retira su solicitud para la extradición de Antonio Ulises Cortés Escobar".
El contenido textual de la mencionada Nota Verbal es el siguiente: "La Embajada de los Estados Unidos de América saluda muy atentamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia y tiene el honor de referirse a la nota de esta Embajada N° 1534, de fecha 8 de junio de 2007, mediante la cual se solicitó la extradición del ciudadano colombiano Antonio Ulises Cortés-Escobar". 2 gr Rad. 27769.
EXTRADICIÓN. ANTONIO ULISES CORTÉS ESCOBAR República de Colombia Corte Suprema de Justicia "La Embajada tiene el honor de informar al Ministerio que el Gobierno de los Estados Unidos por medio de esta nota retira su solicitud para la extradición de Antonio Ulises Cortés- Escobar". 5. En tales condiciones, no le queda alternativa distinta a la Corte que abstenerse de continuar el presente trámite en relación con el ciudadano colombiano Antonio Ulises Cortés Escobar, puesto que el país solicitante ha declinado su solicitud.
Por consiguiente, se remitirá copia de esta decisión al Ministerio del Interior y de Justicia y al Fiscal General de la Nación, para los fines propios de su conocimiento. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, EN SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE 1. ABSTENERSE de proseguir con el trámite de la extradición que el Gobiemo de los Estados Unidos de América solicitó respecto del ciudadano colombiano ANTONIO ULISES CORTÉS ESCOBAR. 2.
REMITIR copia de esta decisión a los Ministerios del Interior y de Justicia y de Relaciones Exteriores, así como al Fiscal General de la Nación, para su conocimiento y demás fines pertinentes. 3 Rad. 27769. EXTRADICIÓN. ANTONIO ULISES CORTÉS ESCOBAR República de Colombia al Corte Suprema de Justicia 3. Archivar definitivamente la presente actuación. Cópiese, comuníquese y cúmplase.
PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARY 4Dit(6frfre1-1 OSARIO IA D L R NZÁLEZ DE LEMOS AUGUSTO 1\1\ 13 EZ \ /1;1, --- - c., (frAr,N JOR ° 1 0 E= 41 MILANÉS:A TbRkSA RUIZ NUÑEZ