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25926(01-08-07)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2007

Magistrado ponente: Javier De Jesús Zapata Ortiz

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia EXTRADICIÓN No. 25926 JOSÉ INDOLA RIASCOS RIVAS República de Colombia Corte Suprema de Justicia EXTRADICIÓN No. 25926 JOSÉ INDOLA RIASCOS RIVAS Proceso No 25926 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente JAVIER ZAPATA ORTIZ Aprobado Acta No. 136 Bogotá D. C., primero (1) de agosto de dos mil siete (2007).

La Corte procede a aclarar el concepto rendido el 20 de junio del año en curso, dentro del trámite de extradición del ciudadano colombiano JOSÉ INDOLA RIASCOS RIVAS, requerido por el Gobierno de Estados Unidos de América, en relación con la fecha de la Resolución de Acusación.

ANTECEDENTES 1. El Gobierno de los Estados Unidos, a través de su embajada, mediante Nota Verbal No. 1311 de mayo 30 de 2006, solicitó la detención provisional con fines de extradición, del ciudadano colombiano JOSÉ INDOLA RIASCOS RIVAS, para comparecer en juicio por delitos federales de narcóticos. Posteriormente formalizó la solicitud de extradición con la Nota Verbal No. 1841 del 28 de julio de 2006 y tras agotar el trámite legal, emitió concepto favorable el 20 de junio del presente año. 2.

Al momento de emitir concepto sobre la extradición del ciudadano requerido, se aludió a la Resolución de Acusación No Cr. 06 279, dictada en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York y siempre se señaló que la misma había sido proferida el 12 de julio de 2006. 3. El concepto fue remitido al Ministerio del Interior y de Justicia, donde se advirtió que el ciudadano JOSÉ INDOLA RIASCOS RIVAS fue requerido mediante Nota Verbal No. 1841 del 28 de julio de 2006 y que en la misma se informó: “José Indola Riascos –Rivas es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

Es el sujeto de la acusación No. 06 CR 279 (FB), dictada el 24 de abril de 2006 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York…” (resaltado fuera del texto) En consecuencia, remitió las diligencias a esta Corporación, toda vez que el concepto favorable a la extradición, consignó como fecha de acusación el 12 de julio de 2006 y, por ende, resultaba necesario aclarar dicha fecha. 4.

Al revisar la resolución de Acusación No. 06 CR 279 (FB), proferida por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York en contra de JOSÉ INDOLA RIASCOS RIVAS, se verifica que efectivamente fue dictada el 24 de abril de 2006 y no el 12 de julio del mismo año como se había consignado inicialmente, ya que esta última fecha corresponde a la de autenticación. 5.

Acorde con lo expuesto, es conveniente aclarar el concepto favorable de extradición de JOSÉ INDOLA RIASCOS RIVAS, en el sentido de indicar que la Acusación No. 06 CR 279 (FB), proferida por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, fue dictada el 24 de abril de 2006. 6. La Secretaría de la Sala comunicará la aclaración al concepto del 20 de junio de 2007, al ciudadano solicitado JOSÉ INDOLA RIASCOS RIVAS y a los demás intervinientes en el trámite de extradición, cumplido lo cual, lo remitirá al Ministerio del Interior y de Justicia para lo de su cargo.

Comuníquese ALFREDO GÓMEZ QUINTERO SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA MAURO SOLARTE PORTILLA JAVIER ZAPATA ORTIZ TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 4 _1097410063.doc _1097410065.doc