CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 7 4 Fallos de Instancia: Rad. 23555 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS Referencia: Fallo de Intancia No. 23555 Acta Bogotá, D.C., seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004). Mediante la sentencia proferida el 6 de septiembre de 2004, en el proceso seguido por CESAR ALBERTO CAMARGO contra VÍCTOR RAÚL VARGAS BECERRA, JOSÉ MAURICIO GUTIERREZ PAEZ y el COLEGIO SALESIANO MALDONADO DE TUNJA, se casó el fallo de segunda instancia en atención a que el estado de invalidez del actor no fue determinado por la entidad facultada legalmente para ello, y por lo tanto se dispuso remitir al demandante a la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Boyacá. Recibido el dictamen respectivo, procede la Sala, en cumplimiento del fallo de casación, a proferir la siguiente, DECISIÓN DE INSTANCIA Conforme al dictamen número 034-2005, el actor tiene una pérdida de la capacidad laboral equivalente al 77.45%, y consta como fecha de estructuración de la invalidez el 31 de enero de 1998.
(folios 53, 54 y 55 del cuaderno de la Corte). Con fundamento en lo anterior, se concluye, que se dan los supuestos legales para tener derecho a la pensión de invalidez, la que debe ser reconocida a partir del día 31 de enero de 1998. Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, actuando como tribunal de instancia en el proceso seguido por CESAR ALBERTO CAMARGO contra VÍCTOR RAÚL VARGAS BECERRA, JOSÉ MAURICIO GUTIERREZ PAEZ y el COLEGIO SALESIANO MALDONADO DE TUNJA, modifica el ordinal cuarto de la sentencia del 27 de enero de 2003, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Tunja, en el sentido de que la pensión de invalidez se pagará a partir del 31 de enero de 1998.
Se le reconoce personería a la Doctora Carmen María Ospino Díaz, conforme al poder de sustitución obrante a folio 49. Cópiese, notifíquese y cúmplase. Eduardo López Villegas GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER Luis Javier Osorio López FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ marÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria