Micelio
22864(20-02-08)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2008

Magistrado ponente: Jorge Luis Quintero Milanes

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Rad. 22864. ACCIÓN DE REVISIÓN LUIS ALFREDO CASTAÑEDA ARIAS República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE Rad. 22864. ACCIÓN DE REVISIÓN LUIS ALFREDO CASTAÑEDA ARIAS República de Colombia Corte Suprema de Justicia Proceso No 22864 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente: JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS Aprobado acta N° 033 Bogotá, D. C., veinte (20) de febrero de dos mil ocho (2008).

V I S TO S La Corte decide el desistimiento de la acción de revisión presentado por el apoderado del condenado LUIS ALFREDO CASTAÑEDA ARIAS, a quien en el poder le fue conferida esa facultad. A N T E C E D E N T E S 1. El Juzgado Primero Penal del Circuito de Facatativá, mediante sentencia del 15 de julio de 2003, condenó al procesado Luis Alfredo Castañeda Arias a la pena principal de 4 años de prisión, por los delitos de homicidio y lesiones personales culposas. 2.

Apelada la anterior decisión por la defensora del procesado y por otros sujetos procesales, el Tribunal Superior de Cundinamarca, el 11 de diciembre del citado año, la confirmó, con algunas modificaciones y aclaraciones. 3. Interpuesto el recurso extraordinario de casación por el defensor del procesado y por el apoderado del tercero civilmente responsable y presentadas las respectivas demandas, en la cuales se plantearon reproche relativos a la valoración probatoria, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 8 de septiembre de 2004, las inadmitió. 4.

Por intermedio de apoderado, el condenado Luis Alfredo Castañeda Arias presentó demanda a través de la cual pretendía la acción de revisión contra el fallo condenatorio de segunda instancia dictado en su contra, para lo cual adujo la posible consolidación de la prescripción de la acción penal antes del proferimiento de la mencionada sentencia, petición que apoyó en la causal segunda de revisión. 5.

Encontrándose el asunto al despacho para la elaboración de la correspondiente decisión de fondo, el apoderado del condenado Luis Alfredo Castañeda Arias allegó memorial en el que manifestó que “ DESISTO del RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN ”. CONSIDERACIONES DE LA CORTE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 230 del Código de Procedimiento Penal, se “ podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida ”.

Teniendo en cuenta el contenido de la citada preceptiva y ante la expresa manifestación de voluntad del apoderado del condenado Luis Alfredo Castañeda Arias en querer desistir de la acción de revisión promovida, quien cuenta con dicha facultad otorgada en el correspondiente memorial poder, y toda vez que la respectiva decisión de fondo aún no se ha producido, nada obsta para que la petición sea aceptada por la Corte.

En consecuencia, por ser procedente, la Sala admitirá el desistimiento de la acción de revisión, de acuerdo con lo preceptuado en la mencionada norma. Ejecutoriada esta decisión, por Secretaría de la Sala se archivarán las diligencias. Por lo brevemente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, R E S U E L V E 1. ACEPTAR el desistimiento de la acción de revisión presentado por el apoderado del condenado LUIS ALFREDO CASTAÑEDA ARIAS. 2.

Ejecutoriada esta decisión, archívense las diligencias. Cópiese, notifíquese y cúmplase. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS AUGUSTO J. IBAÑEZ GUZMÁN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA JAVIER ZAPATA ORTÍZ TERESA RUÍZ NUÑEZ Secretaria PAGE 5