Micelio
22014(24-02-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2009

Magistrado ponente: Alfredo Gómez Quintero

Ley 599 de 2000Ley 600 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia UNICA INSTANCIA 22014 JESUS ANTONIO BERNAL AMOROCHO Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal República de Colombia UNICA INSTANCIA 22014 JESUS ANTONIO BERNAL AMOROCHO Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal Proceso No 22014 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente ALFREDO GÓMEZ QUINTERO Aprobado acta No. 48 Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de febrero de dos mil nueve (2009) Mediante anónimo del 12 de julio de 2002 se formuló denuncia contra JESÚS ANTONIO BERNAL AMOROCHO por el delito de abuso de confianza calificado agravado, con ocasión a la venta que realizó como Presidente del Sindicato de la extinta Caja de Crédito Agrario –SINTRACREDITARIO- del centro vacacional Resacas, al Fondo de Empleados de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá –FONTEBO-, por la suma de TRES MIL MILLONES DE PESOS ($3.000’000.000).

En términos del escrito, JESÚS ANTONIO BERNAL AMOROCHO invirtió los recursos obtenidos en la negociación en su campaña al Senado de la República, en tanto “de estos dineros no nos hemos beneficiado ninguno de los ex trabajadores de la Caja Agraria, (excepto el señor Bernal),..” Con fundamento en los referidos hechos y en virtud a la remisión de las diligencias por parte de la Fiscalía 138 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Bogotá el 27 de enero de 2004, esta Corporación inició investigación preliminar el 4 de mayo del mismo año, en cuyo marco ordenó la práctica de varias diligencias, entre ellas, la recepción de versión libre de JESÚS ANTONIO BERNAL AMOROCHO.

Del estudio de las pruebas allegadas durante la etapa preliminar se advierte que efectivamente al patrimonio de SINTRACREDITARIO dejaron de ingresar MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($1200’000.000) de los TRES MIL MILLONES DE PESOS ($3.000’000.000) por los cuales JESÚS ANTONIO BERNAL AMOROCHO en su calidad de Presidente del aludido sindicato, vendió el centro Recreacional Resacas.

En estas condiciones, JESÚS ANTONIO BERNAL AMOROCHO puede estar incurso en un delito contra el patrimonio económico, como lo es el abuso de confianza calificado agravado, definido en los artículos 249, 250 y 267 de la Ley 599 de 2000, motivo por el cual, de conformidad con el artículo 331 de la Ley 600 de 2000 se dispone la APERTURA DE INSTRUCCIÓN ordenándose la práctica de las siguientes pruebas: 1-Oficiar a la Dirección Seccional de Fiscalías de Bogotá a efecto de que informe si el Sindicato de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero formuló a través de sus miembros, denuncias por el delito de hurto ocurrido en su sede ubicada en la calle 14 No. 12 – 50 Piso 8, entre los años 2002 y noviembre de 2007. 2- Solicitar a la DIAN informar si hubo pago de retención en la fuente por la comisión de MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.200’000.000) que cancelara el Sindicato de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero o JESUS ANTONIO BERNAL AMOROCHO identificado con la cédula de ciudadanía No. 19’255.148 de Bogotá, a un tercero sin identificar, por la venta del Centro Recreacional Resacas en el año 2001. 3- Requerir del Sindicato de Trabajadores de la extinta Caja de Crédito Agrario los nombres de las personas que se encontraban vinculadas en el año 2001. 4- Demandar de la investigadora Miriam Pilar Peña Campos el cumplimiento de la comisión conferida en auto del 23 de septiembre de 2008 en lo relativo al literal “d” consistente en “ practicar inspección en los bancos giradores con el objeto de incorporar copia de los cheques, los extractos y los comprobantes que afectaron las cuentas de FONTEBO para la adquisición del centro recreacional RESACAS” 5- Citar a declarar a Yolanda Consuelo Parrado y Pablo Enrique Dueñas Morales, Jefe de Tesorería y Gerente, respectivamente del Fondo de Empleados de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá. 6- Vincular en diligencia de indagatoria a JESÚS ANTONIO BERNAL AMOROCHO. 7- Comunicar esta decisión a JESÚS ANTONIO BERNAL AMOROCHO.

Comisiónese para la aducción de las diligencias mencionadas en los numerales 5 y 6 a la Magistrada Auxiliar MARTHA LUCIA SALGAR RANGEL, quien para el efecto fijará las correspondientes fechas. Cúmplase, JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS AUGUSTO J. IBAÑEZ GUZMÁN JORGE LUIS QUINTERO MILANES YESID RAMÍREZ BASTIDAS JAVIER ZAPATA ORTÍZ Permiso TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria PAGE 5