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21317(08-06-06)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2006

Magistrado ponente: Jorge Luis Quintero Milanes

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Rad. 21317. CASACIÓN. GERARDO QUINTERO GALEANO República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. 21317. CASACIÓN. GERARDO QUINTERO GALEANO República de Colombia Corte Suprema de Justicia Proceso No 21317 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente: JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS Aprobado acta N° 055 Bogotá, D. C., ocho (8) de junio de dos mil seis (2006).

V I S T O S Resuelve la Corte la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación presentada por el defensor de Gerardo Quintero Galeano. A N T E C E D E N T E S El Juzgado Veintidós Penal del Circuito de Medellín, el 20 de enero de 2003, condenó a Gerardo Quintero Galeano a las penas principales de 14 años y 2 meses de prisión y multa de 600 salarios mínimos legales mensuales y a la accesoria de interdicción de derechos y funciones publicas por el término de cinco años, como autor de las conductas punibles de hurto calificado y agravado y secuestro simple.

Apelado el fallo por el defensor del procesado, el Tribunal Superior de Medellín, el 18 de marzo de 2003, lo modificó en el sentido de imponer al procesado como penas principales las de 140 meses de prisión y 410 salarios mínimos legales mensuales como autor de las conductas punibles citadas en precedencia. Interpuesto oportunamente el recurso extraordinario de casación por el defensor del procesado, el mismo fue concedido.

Encontrándose el proceso al despacho para el estudio formal de la demanda de casación, el defensor del procesado Gerardo Quintero Galeano presentó memorial de desistimiento del recurso extraordinario. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Es de reconocer que la prerrogativa de desistir del recurso extraordinario de casación le asiste a la parte que lo interpone, hasta antes de que la Sala decida, al tenor del artículo 230 del Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000).

Teniendo en cuenta lo anterior, resulta procedente la petición formulada el defensor del procesado Quintero Galeano. En consecuencia, se admitirá el desistimiento del recurso extraordinario. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, R E S U E L V E ADMITIR el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el defensor del procesado GERARDO QUINTERO GALEANO. Contra esta decisión procede recurso de reposición. Cópiese, notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen.

Cúmplase. MAURO SOLARTE PORTILLA SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN Permiso MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS JAVIER ZAPATA ORTÍZ TERESA RUÍZ NUÑEZ Secretaria 1 4