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20938(11-12-03)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2003

Magistrado ponente: Yesid Ramírez Bástidas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Casación 20.938 MARY GODOY GÓMEZ F Casación 20.938 MARY GODOY GÓMEZ F Proceso No 20938 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente: Dr. YESID RAMÍREZ BASTIDAS Aprobado Acta # 132 Bogotá D.C., diciembre once (11) de dos mil tres (2003). VISTOS: Resuelve la Sala si admite o no la demanda de casación presentada por el defensor de la procesada MARY GODOY GÓMEZ.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES: 1. Mediante providencia del 29 de octubre de 2002, el Juzgado 3º Penal del Circuito de Pereira resolvió absolver a la procesada MARY GODOY GÓMEZ, por el cargo de tráfico de estupefacientes. El Agente del Ministerio Público apeló y el Tribunal Superior de la misma ciudad revocó esa decisión el 27 de enero de 2003 y condenó a la mencionada a 75 meses de prisión e interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo término, al hallarla autora responsable de la conducta punible objeto de la acusación, según hechos sucedidos el 15 de marzo de 2002 en la calle 24 #9-54 de Pereira. 2.

El inciso 1º del artículo 205 del Código de Procedimiento Penal, en cuya vigencia fue expedida la sentencia impugnada, establece como requisito para acceder a la casación por vía ordinaria que la pena máxima fijada para el delito objeto del proceso sea de más de 8 años y es claro que no se cumple en el presente caso. En efecto, de conformidad con el inciso 3º del artículo 376 del Código Penal, al cual se adecuó la conducta de conservar cocaína en cantidad de un poco más de 167 gramos atribuida a la procesada, la sanción máxima prevista es de 8 años de prisión. 3.

Quedaba la posibilidad, no obstante, de la casación por vía excepcional, pero el defensor no la invocó expresamente y del contenido de la demanda no se extrae ningún fundamento que le permita a la Sala asumir que se encuentra demostrado cualquiera de los motivos que la hacen procedente, es decir su necesidad para el desarrollo de la jurisprudencia o la garantía de los derechos fundamentales. 4.

Por los motivos anotados, la Sala no admitirá la demanda. A mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

INADMITIR la demanda de casación presentada a nombre de la procesada MARY GODOY GÓMEZ. En contra de la presente decisión procede el recurso de reposición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. YESID RAMÍREZ BASTIDAS HERMAN GALÁN CASTELLANOS JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ALFREDO GÓMEZ QUINTERO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO No hay firma ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria 3