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20866(20-11-03)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2003

Magistrado ponente: Isaura Vargas Diaz

ECORTE SUPREMA DE JUSTICIA 1 3 Expediente 20866 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Magistrada Ponente: ISAURA VARGAS DIAZ Radicación No. 20866 Acta No. 75 Bogotá, D.C, veinte (20) de noviembre de dos mil tres (2003) Decide la Corte la procedencia de la solicitud de adición o, en su defecto, de corrección de la sentencia de casación proferida el 29 de octubre del presente año, propuesta por el apoderado de la demandante DEYANIRA BEDOYA GALEANO. I.

ANTECEDENTES Por considerar que en las motivaciones de la sentencia cuya adición solicita, se consideró que en subsidio del reintegro que demandó tenía la actora derecho al auxilio de cesantía en cuantía de $2’122.873.20 y a la indemnización por despido en la suma de $2’468.666.000, a pesar de lo cual en la parte resolutiva de su proveído esta Sala de la Corte omitió hacer referencia a esas condenas, apoyado en el artículo artículo 311 del Código de Procedimiento Civil, el libelista solicita a la Corte, “adicionar la parte resolutiva de la sentencia incluyendo en forma expresa las condenas por cesantías e indemnización por despido dispuestas.

En su defecto se solicita a la Corporación corregir la parte resolutiva de la sentencia ” (folio 80 cuaderno de la Corte). II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Tal como lo destaca el peticionario en su escrito, al efectuar las consideraciones de la sentencia de instancia que dictó en reemplazo de la del Tribunal que casó parcialmente, asentó la Corte que a la actora le correspondía por concepto de indemnización por despido “el salario faltante hasta el vencimiento del plazo contractual, esto es, 4 meses y 20 días a razón de $17.633,33 diarios para un total de $2.468.666” (Folio 68) e igualmente consideró que efectuadas las operaciones de rigor, por concepto de auxilio de cesantía le corresponde $2.122.873.20.

No obstante ello, involuntariamente omitió esta Corporación incluir esas condenas en la parte resolutiva de tal providencia, razón por la cual habrá de accederse a la solicitud elevada por el apoderado de DEYANIRA BEDOYA GALEANO. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema, Sala de Casación Laboral

RESUELVE

ADICIONAR la sentencia dictada el 29 de octubre de 2003, condenando al INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES a pagar a DEYANIRA BEDOYA GALEANO $ 2’468.666 por concepto de indemnización por despido y $ 2’122.873.20 por auxilio de cesantía. Cópiese, notifíquese y devuélvase el expediente al Tribunal de origen ISAURA VARGAS DIAZ CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LOPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ LUIS GONZALO TORO CORREA FERNANDO VASQUEZ BOTERO LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ Secretaria República de Colombia � Corte Suprema de Justicia PAGE