CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Extradición N° 20.181 MAURICIO ESPINOSA RAMIREZ. PAGE 2 Extradición N° 20.181 MAURICIO ESPINOSA RAMIREZ. Proceso No 20181 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrada Ponente: MARINA PULIDO DE BARÓN Aprobada Acta N° 025. Bogotá, D. C., febrero dieciocho (18) de dos mil tres (2003). VISTOS Se pronuncia la Corte sobre el desistimiento del recurso de reposición que interpusiera la defensora del solicitado en extradición MAURICIO ESPINOSA RAMÍREZ, contra el auto de fecha 28 de enero de 2003.
ANTECEDENTES Mediante el proveído antes mencionado, la Sala negó la práctica de las pruebas pedidas por la defensora del ciudadano colombiano MAURICIO ESPINOSA RAMÍREZ, solicitado en extradición por el Gobierno de los Estados Unidos de América y para los fines previstos en el inciso último del artículo 518 del Código de Procedimiento Penal ordenó correr traslado, por el término de cinco (5) días.
Dentro de los términos legales, la defensora del señor ESPINOSA RAMÍREZ interpuso y sustentó el recurso de reposición. Surtiéndose el traslado a que alude el artículo 189 del estatuto procesal penal, la impugnante manifiesta que desiste del recurso de reposición interpuesto contra el auto del 28 de enero del presente año. La Secretaría informa que en razón a lo expresado por la defensora del solicitado en extradición, no se corrió el traslado a los demás sujetos procesales.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE Los recursos son medios legales, concedidos a los sujetos procesales para obtener, con su utilización, la corrección de los yerros en que, a su juicio, hayan podido incurrir los funcionarios judiciales, de manera que la facultad de interponerlos o no y la de sustentarlos o abandonarlos, son determinaciones que la ley ha dejado al prudente juicio de los interesados.
Es así que el artículo 199 del estatuto procesal penal dispone que podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida. Con las anteriores premisas, es del caso aceptar el desistimiento del recurso de reposición presentado por la defensora del requerido en extradición, MAURICIO ESPINOSA RAMÍREZ. Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,
RESUELVE
1.- Aceptar el desistimiento del recurso de reposición presentado por la defensora del requerido en extradición MAURICIO ESPINOSA RAMÍREZ. 2.- Ordenar que por la Secretaría de la Sala, se dé cumplimiento a lo dispuesto en el numeral segundo del auto proferido el 28 de enero del presente año. Cópiese, notifíquese y cúmplase, YESID RAMÍREZ BASTIDAS FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL HERMAN GALÁN CASTELLANOS CARLOS AUGUSTO GÁLVEZ ARGOTE JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria _1097413356.doc