Micelio
2003-004000-01 [A-284-2005]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2005

Magistrado ponente: Manuel Isidro Ardila Velásquez

/ 2 mav. exp. 2003-00400-01 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala de Casación Civil Bogotá, D. C., veintiocho (28) de noviembre de dos mil cinco (2005). Ref: Expediente No. 2003-004000-01 Provee la Corte en relación con el desistimiento presentado por el apoderado judicial de la demandante respecto del recurso de casación que interpusiera contra la sentencia de 11 de abril del año que avanza, dictada por la sala civil-familia del tribunal superior de Bucaramanga en este proceso ordinario de María del Carmen Ramírez Uribe contra Andrea Karina Velásquez Urrea.

A cuyo propósito se considera: Al tenor de lo preceptuado por el artículo 344 del código de procedimiento civil, pueden las partes desistir de los recursos que hayan interpuesto; de manera que manifestado por la apoderada judicial de la demandante el desistimiento del recurso de casación que contra la sentencia había formulado, y presentado como ha sido el respectivo escrito en debida forma, nada obsta para acceder a la solicitud en cuestión. Atendido lo que en el punto dispone el inciso 2° del artículo 345 del estatuto procesal civil, se condenará en costas a la demandante recurrente.

En mérito de lo expuesto, se resuelve: Primero.- Aceptar el desistimiento del recurso de casación interpuesto en este proceso por la demandante contra la sentencia atrás reseñada, declarándose en consecuencia concluido el trámite que de dicho recurso se adelanta en esta Corporación. Segundo.- Costas a cargo de la demandante. Tásense. En firme esta providencia, devuélvase el expediente al tribunal de origen Notifíquese Manuel Isidro Ardila Velásquez