Micelio
19692(25-03-04)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2004

Magistrado ponente: Yesid Ramírez Bástidas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Casación 19.692 RICARDO SARMIENTO RODRÍGUEZ Casación 19.692 RICARDO SARMIENTO RODRÍGUEZ Proceso No 19962 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente: Dr. YESID RAMÍREZ BASTIDAS Aprobado acta # 24 Bogotá D.C., marzo veinticinco (25) de dos mil cuatro (2004). VISTOS: Procede la Sala a resolver la solicitud de cesación de procedimiento elevada por el defensor del procesado RICARDO SARMIENTO RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES: 1. El mencionado fue condenado mediante sentencias de febrero 19 y mayo 24 de 2001, expedidas respectivamente por el Juzgado 45 Penal del Circuito de Bogotá y por la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad, a la pena de 24 meses de prisión y multa de $2.700.oo, al ser hallado autor responsable de la conducta punible de estafa agravada. 2.

La defensa interpuso el recurso de casación, la demanda fue admitida y la Procuraduría rindió el concepto de rigor encontrándose el proceso al despacho del Magistrado Ponente para resolver la impugnación, a lo cual no hay lugar en consideración a que el procesado falleció el 21 de abril de 2003, como quedó demostrado con el certificado de defunción expedido por la Clínica San Pedro Claver y con el Registro Civil de Defunción, aportados por el defensor, quien solicita que se declare extinguida la acción penal. 3.

Según el artículo 82 del Código Penal la muerte del procesado origina la extinción de la acción penal, correspondiéndole a la Sala –ante la acreditación del fallecimiento de RICARDO SARMIENTO RODRÍGUEZ— emitir declaración en ese sentido y disponer la cesación de procedimiento como consecuencia. A mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE:

1. DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal por muerte del procesado. En consecuencia, se ordena la CESACION DEL PROCEDIMIENTO adelantado en contra del señor RICARDO SARMIENTO RODRÍGUEZ. 2º. COMUNICAR esta decisión a la Fiscalía General de la Nación y al DAS, para los efectos legales pertinentes. Entérese de la misma al denunciante VICENTE DE JESÚS CONTRERAS HERNÁNDEZ, a favor del cual se decretó el pago de los perjuicios causados con la infracción.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERMAN GALÁN CASTELLANOS JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ALFREDO GÓMEZ QUINTERO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 4