Micelio
19536(16-07-02)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2002

Magistrado ponente: Jorge Aníbal Gómez Gallego

Ley 600 de 2000

Cambio de tadicación N° 1 9.56 LUIS ALBERTO D1AZ SIBALZA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALk DE CASACION PENAL Magistrado Ponente: DR. JORGE ANISAL GOMEZ GALLEGO Aprobado Acta Nro: 78 Bogotá D.C., dieciséis de julio de dos mil dos. VISTOS Resuelve de plano la Sala la solicitud de cambio de radicación a otro Distrito Judicial que del proceso surtido en su contra, afirma el procesado LUiS ALBERTO DIAZ SABALZA le adelanta el Juzgado Penal de! Circuito Especializado de Barranquilla, Atlántico, por la conducta punible de extorsión. f 2 Círíjhfo de radicc!ón IVO 19.536 LUiS ALBERTO D1AZ SABALZA.

FUNDAMENTOS DE LA PETICION De la lacónica y precaria información suministrada por el:ibesta en su escrito, se sabe de su pretensión de que se cambie e radicacion la causa que en su contra se surte en el Juzga do Penal del Circuito Especializada de Barranquilla, a un Juzgado de la misma carcgoria y especialidad con sede en Cali. ciudad en cuya carcei de ViHahermosa actualmente se encuentra privado de ín tertad.

Como sustento de la petición aduce la situación de riesgo que para su viaa e integridad personal representa el lugar donde debe aielantarse su Juzgarniento, pues en Barranquilla ya sufrio un atentado en razon de su participación corno memhro de las:uerzas Armadas en tina investigación que por narcotrficc adelantaron !as autoridades colombianas en asocio con la DEA. y de la cual se derivo el proceso que en su contra se surte.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE El instituto consagrado en el Art. 85 de la Ley 600 de 2000 que excepciona el principio general en virtud del cual el funcionario uuicial oorrpetente para conocer de un asunto, es el del lugar en se perpetro el hecho -competencia territorial-. autoriza el cambio de radicación de un proceso cuando en razon de 3 Gmb/O de radicación NO 19.536 LUiS ALBERTO DIAZ SABALZA. circunstancias sobrevinientes puedan resultar afectados el orden público: k imparcialidad o independencia de la administración de justicia, las garantías procesales, la publicidad del juzgarniento, y la seguridad o integridad personal de los sujetos procesales o de los LJfluO CII lUb UUCicI tb.

No obstante. la solicitud debe ser motivada y a ella han de- compañarse las pruebas en que se funda, reza el Art. 37 ibídem, carqa procesal cuyo cumplimiento no puede ser soslayado por el r)oskante y que la Corte mal puede suplir, como quiera que es la propia ley la que le asigna esa obligación de acreditar los supuestos fácticos en los que la pretensión se sustenta.

En Ci asunto a examen de la Sala, la aspiración del libelista está llamada al fracaso, puesto que si la remoción del proceso tiene por finalidad contrarrestar factores externos de perturbación en el eJercic;IO de la actividad udiciai. como bien lo tiene dicho la Sala, la rfandad probatoria que rodea la presentación de los argumentos de su petición, impide que la Corte sopese la verdadera magnitud de as condiciones de inseguridad o riesgo que para su vida o nterdad personal, puede rodear su traslado para la vista pública al lugar donde se le juzga.

Ahora, nada impide que ese traslado se realice por cuenta del Estado a través del Instituto Penitenciario y Carcelario, bajo ¡as estnctas medidas de seguridad que el caso amerita y con la supeR'lsión del juez del conocimiento. ALVARO ORL O PEREZ PINZON 4 C,mh/o di radicación ilJ' 1956 LUIS ALZ3ERTO DIAZ SABALZA. Lueqo entonces, a fuerza de no haberse aportado prueba alqurid acerca de los fundamentos fácticos en que se fincan los asertos del solicitante, que no dejan de ser eso, afir maones hu fanas de comprobación material en los autos. la petición de cambio de radicación en razón de este asunto ha de denegarse.

En mérito a o expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala de Casación Penal, RESUELVE NEGAR el cambio de radicación que en razón de estas diligencias ha solicitado el procesado LUIS ALBERTO DIAZ "A -'ALZA. conforme con las motivaciones plasmadas en el cuerpo de este proveido. Cópiese y devuéivase a su lugar de origen. Cúmplase HEF EDG/ / MBANA TRUJILLO 1 1. 5 Cambio de rjd/cecióa N 19536 LUÍS ALBERTO D1AZ SABA17A.

LL • ' -kc;•: (- ~ ~ 1--- GALLEGO HILSON PINILLA PNiLLA