17443 Casación 18916 ANCIZAR BURITICÁ VALENCIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Proceso No 18916 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL MAGISTRADO PONENTE: ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN APROBADO ACTA No. 186 Bogotá, D.C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil uno (2001). VISTOS El señor ANCIZAR BURITICÁ VALENCIA desiste de la casación interpuesta contra la sentencia proferida el 8 de mayo de 2001 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, que lo condenó como autor del concurso de delitos de extorsión agravada y porte ilegal de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE El artículo 230 del Código de Procedimiento Penal, dispone que se podrá desistir de la casación antes de que la Sala decida. En el presente asunto, el expediente se encuentra al despacho para resolver sobre el aspecto formal de la demanda. En consecuencia, es procedente el desistimiento de la casación manifestado por el señor ANCIZAR BURITICÁ VALENCIA y coadyuvado por su defensor.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE Aceptar el desistimiento de la casación, manifestado por el señor ANCIZAR BURITICÁ VALENCIA y coadyuvado por su defensor. Contra esta providencia procede el recurso de reposición. Notifíquese, cúmplase y devuélvase al Tribunal de origen. CARLOS EDUARDO MEJÍA ESCOBAR FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GÁLVEZ ARGOTE JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN NILSON PINILLA PINILLA TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria PAGE 1