CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación No. 18571 Inadmite Recurso CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: Fernando Vásquez Botero Radicación Nro. 18571 Acta Nro. 9 Bogotá, D.C., marzo seis (6) de dos mil dos (2002) Mediante auto del 4 de febrero del año en curso, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, concedió el recurso de casación interpuesto por el apoderado de la parte demandante en el proceso seguido por Carlos Orlando Orejuela Meneses contra el Departamento del Valle del Cauca.
Ha sido criterio reiterado de esta Sala de la Corte que cuando se formule como pretensión principal el reintegro con las condenas consecuenciales a éste, como en este asunto sucede, el contenido económico con el objeto de tasar el interés jurídico para recurrir en casación, equivale al valor, doblado, de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y aquella en que se profiera la sentencia de segunda instancia. En el contexto anterior, si tomamos como referentes las afirmaciones que hace el actor en el escrito de demanda, en cuanto a que fue despedido el 6 de enero de 2.000 y que su remuneración diaria ascendía a la suma de $14.158.06, los salarios que ha dejado de percibir desde dicha data hasta el 14 de diciembre de 2001 (fecha de la sentencia del Tribunal), arrojan la suma de $9.938.958,12; rubro éste que duplicado no supera el monto de los cien salarios mínimos mensuales legales vigentes para la época en que se interpuso el recurso.
Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, NO ADMITE el recurso de casación que fue concedido por el Tribunal del conocimiento en este asunto. En consecuencia, devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese. FERNANDO VÁSQUEZ BOTERO FRANCISCO ESCOBAR HENRÍQUEZ JOSÉ ROBERTO HERRERA VERGARA CARLOS ISAAC NADER LUIS GONZALO TORO CORREA GERMÁN G. VALDÉS SÁNCHEZ ISAURA VARGAS DÍAZ JESÚS ANTONIO PASTÁS PERUGACHE Secretario