18116 Radicado 18.116 Casación JOSÉ ANTONIO ABRIL WALTEROS Radicado 18.116 Casación JOSÉ ANTONIO ABRIL WALTEROS Proceso No 18116 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL MAGISTRADO PONENTE ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN APROBADO ACTA No. 200 Bogotá, D. C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil uno (2001). VISTOS Se decidirá sobre la extinción de la acción penal por la muerte del procesado JOSÉ ANTONIO ABRIL WALTEROS.
ANTECEDENTES El Juzgado Cuarenta y Siete Penal del Circuito de Bogotá, mediante sentencia del 6 de diciembre de 1999, condenó al señor JOSÉ ANTONIO ABRIL WALTEROS a la pena principal de 45 años de prisión por los delitos de homicidio agravado y hurto calificado y agravado, providencia que fue confirmada por el Tribunal Superior de la misma ciudad el 18 de agosto de 2000.
El defensor del procesado interpuso contra este fallo el recurso de casación y presentó la correspondiente demanda, la cual se hallaba a despacho del magistrado sustanciador para examinar si cumplía las exigencias legales, cuando se tuvo noticia del deceso del señor ABRIL WALTEROS. CONSIDERACIONES 1. Como se acredita con la fotocopia auténtica del folio del registro civil de defunción expedida por la Registradora Auxiliar de Teusaquillo de Bogotá, el 1º. de septiembre del año en curso se produjo en esta ciudad la muerte violenta de JOSÉ ANTONIO ABRIL WALTEROS. 2.
De acuerdo con lo previsto por los artículos 82 del Código Penal y 38 del Código de Procedimiento Penal, la muerte del procesado extingue la acción penal y da lugar a que se declare la cesación de procedimiento, lo que en efecto dispondrá la Sala. Tal decisión conllevará la de devolver el expediente a la oficina de origen, por cuanto no existe otro interesado en esta sede.
Por lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia RESUELVE Declarar extinguida la acción penal por la muerte del procesado JOSÉ ANTONIO ABRIL WALTEROS. En consecuencia, se dispone la cesación del procedimiento adelantado en su contra. Devuélvase el expediente a su lugar de origen. Cópiese, notifíquese, y cúmplase.
CARLOS EDUARDO MEJÍA ESCOBAR FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CÓRDOBA POVEDA HERMAN GALÁN CASTELLANOS CARLOS A. GÁLVEZ ARGOTE JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN NILSON E. PINILLA PINILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 1