Micelio
17793 (31-01-01)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2001

Magistrado ponente: Nilson Elías Pinilla Pinilla

Decreto 262 de 2000Ley 201 de 1995

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXTRADICIÓN N° 17.793 ANTONINO BERGAMO. 3 EXTRADICIÓN N° 17.793 ANTONINO BERGAMO Proceso Nº 17793 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente: Nilson Pinilla Pinilla Aprobada Acta N° 09 Bogotá, D. C., enero treinta y uno (31) de dos mil uno (2001). ASUNTO Se pronuncia la Sala sobre la comunicación dirigida por el ciudadano italiano ANTONINO BERGAMO, solicitado en extradición, quien manifiesta que renuncia a los términos para alegar de conclusión. CONSIDERACIONES DE LA SALA La petición formulada por el ciudadano italiano ANTONINO BERGAMO no está llamada a prosperar, por cuanto el término para presentar alegatos, a que se refiere el inciso segundo del artículo 556 del Código de Procedimiento Penal, es común para todos los intervinientes en el trámite de extradición, entre ellos el representante del Ministerio Público, quien, de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 literal d) de la ley 201 de 1995 y el artículo 29 del decreto 262 de 2000, tiene como función “Intervenir en el trámite de extradición ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia”, incluyendo la posibilidad de pedir pruebas y presentar alegato de conclusión. De otra parte, aceptar la renuncia al término para presentar alegatos, como lo tiene definido la Sala, no sólo “privaría al solicitado en extradición, desde el punto de vista del interés particular, de manifestar lo que considere pertinente a su defensa, sino que además, implicaría privarle del trámite establecido por el legislador en detrimento del debido proceso, el cual, a la luz de la normativa constitucional vigente, es indisponible e irrenunciable por los sujetos intervinientes en el trámite” (oct. 24/96, rad. 12.116, M. P. Fernando E. Arboleda Ripoll).

Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,

RESUELVE

NO ACEPTAR la renuncia a términos elevada por el ciudadano italiano ANTONINO BERGAMO, solicitado en extradición. Cópiese, comuníquese y cúmplase. CARLOS EDUARDO MEJIA ESCOBAR FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO MARIO MANTILLA NOUGUES ALVARO ORLANDO PEREZ PINZON NILSON PINILLA PINILLA TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria