Micelio
17017(13-11-01)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2001

Magistrado ponente: Jorge Aníbal Gómez Gallego

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Casación N° 17.017 NELSON ADRIAN PRECIADO ZAPATA Desistimiento. PAGE 2 Casación N° 17.017 NELSON ADRIAN PRECIADO ZAPATA Desistimiento. Proceso No 17017 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente: DR. JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO Aprobado Acta Nro: 173 Bogotá D.C., trece de noviembre del año dos mil uno. VISTOS El procesado NELSON ADRIÁN PRECIADO ZAPATA, contra quien el Juzgado 2º Penal del Circuito de Bello, Antioquia, en fallo del 5 de mayo de 1999 le impuso condena de 12 años y 9 meses de prisión como cómplice de las conductas punibles de homicidio y porte ilegal de arma de fuego de defensa personal, en concurso, la cual confirmó integralmente el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín por el suyo del 9 de agosto siguiente, coadyuvado por su defensor manifiesta desistir en el escrito que antecede del recurso extraordinario de casación que contra el citado fallo interpuso.

Para resolver, CONSIDERA LA CORTE: El Art. 230 del actualmente vigente Código de Procedimiento Penal -como igualmente lo hacía el Art. 15 de la Ley 553 del año 2000 que modificó el 244 del Estatuto Procesal recientemente derogado- dispone: “ Podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida. ” -Se ha destacado- Ante la expresa manifestación de voluntad del sujeto procesal en mención en querer abandonar la impugnación extraordinaria oportunamente promovida, y en tratándose de que la respectiva decisión de fondo aún no se ha producido, pues, ni siquiera el agente del Ministerio Público ha descorrido el término de traslado para conceptuar, nada obsta para que la pretensión del recurrente sea acogida positivamente y, en virtud a lo estipulado en el referido canon, se atienda su petición imponiéndose la aplicación de aquella preceptiva.

Así las cosas, se procederá de conformidad respecto del citado procesado, porque en relación con el otro impugnante la casación proseguirá su curso normal. En mérito a lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala de Casación Penal, RESUELVE Aceptar el desistimiento del recurso extraordinario de casación que en razón de este asunto interpuso el procesado NELSON ADRIÁN PRECIADO ZAPATA, coadyuvado por su defensor, conforme con las motivaciones expuestas en el cuerpo de este proveído.

Devuélvase el expediente al agente del Ministerio Público para lo de su cargo. Cópiese, notifíquese y cúmplase CARLOS E. MEJÍA ESCOBAR FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CÓRDOBA POVEDA HERMAN GALÁN CASTELLANOS CARLOS A. GÁLVEZ ARGOTE JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ALVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN NILSON PINILLA PINILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria