CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Rad. 17010. CASACIÓN JESÚS ALBERTO BOSSA CONRADO DESISTIMIENTO República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE 3 Rad. 17010. CASACIÓN JESÚS ALBERTO BOSSA CONRADO DESISTIMIENTO República de Colombia Corte Suprema de Justicia Proceso No 17010 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente: JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS Aprobado acta 115 Bogotá, D. C., veintinueve (29) de octubre de dos mil tres (2003).
V I S T O S Resuelve la Corte la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación presentada por el procesado Jesús Alberto Bossa Conrado y coadyuvada por su defensor. A N T E C E D E N T E S 1. El citado procesado, en escrito que hizo llegar a esta Corporación, manifiesta que desiste del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia, petición que, en memorial aparte, coadyuva su defensor. 2.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, mediante sentencia del 3 de junio de 1999, confirmó la condena que el Juez Primero Penal del Circuito de Santa Marta impuso al mencionado procesado, por el delito de homicidio en grado de tentativa. 3. Interpuesto oportunamente el recurso extraordinario de casación por el defensor del procesado, el mismo fue concedido. 4.
Encontrándose el proceso al despacho para proferir el fallo de casación, se presentó la citada solicitud de desistimiento del recurso extraordinario. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Es de reconocer que la prerrogativa de desistir del recurso extraordinario de casación le asiste a la parte que lo interpone, hasta antes de que la Sala decida, según lo contemplado en el artículo 230 del Código de Procedimiento Penal.
Teniendo en cuenta lo anterior, resulta procedente la petición formulada por el sentenciado y coadyuvada por su defensor del procesado, razón por la cual se admitirá el desistimiento del recurso extraordinario. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, R E S U E L V E 1. Reconocer al doctor Rodrigo Sánchez Rondón como apoderado del proceso Jesús Alberto Bossa Conrado. 2.
Admitir el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el sentenciado Jesús Alberto Bossa Conrado y coadyuvado por su defensor. Contra esta decisión procede recurso de reposición. Notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen. Cúmplase. YESID RAMÍREZ BASTIDAS HERMAN GALÁN CASTELLANOS JORGE ANIBAL GÓMEZ GALLEGO Comisión de servicio ALFREDO GÓMEZ QUINTERO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN Comisión de servicio JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUÍZ NÚÑEZ Secretaria 4 3