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15875(22-01-01)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2001

Magistrado ponente: Rafael Méndez Arango

SALA DE CASACION LABORALPRIVATE Radicación 15875 Acta 1 Bogotá, Distrito Capital, veintidós de enero de dos mil uno Magistrado ponente: RAFAEL MENDEZ ARANGO Se resuelve sobre la procedencia de un recurso de revisión. I.

ANTECEDENTES Con fundamento en la causal de revisión consagrada en el artículo 6º del Código de Procedimiento Civil "por maniobra fraudulenta cometida en el proceso por el doctor Oscar Marino Aponza y la presunta complicidad del doctor Ferney Moreno" (folio 2) e invocando la calidad de apoderada de Epifanio Mestizo, la abogada Alexandra Morales Peñaloza presentó un escrito que denomina "demanda de recurso extraordinario de revisión contra sentencia ejecutoriada del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán" (ibídem).

Conforme resulta de tal escrito, la sentencia cuya revisión demanda es la dictada el 9 de diciembre de 1998 en un proceso en el que Epifanio Mestizo demandó a Eulogio Baquero García y a Centrales Eléctricas del Cauca, S.A. II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE En los términos del artículo 62 del Código Procesal del Trabajo, en el procedimiento laboral únicamente están previstos los recursos de reposición, apelación, súplica, casación y de hecho, y contra los laudos arbitrales, el de homologación; y según lo dispuesto en el artículo 145 ibídem, las normas del Código de Procedimiento Civil sólo son aplicables "a falta de disposiciones especiales en el procedimiento del trabajo".

Como existe norma expresa que establece taxativamente los medios de impugnación que proceden contra las providencias dictadas en los juicios del trabajo, entre los cuales no se contempla el recurso extraordinario de revisión, no es posible aplicar a dichos procesos los artículos 379 y siguientes del Código de Procedimiento Civil que lo consagran y regulan contra las sentencias proferidas en asuntos civiles.

En consecuencia, es improcedente el recurso de revisión presentado por la abogada Alexandra Morales Peñaloza. En mérito de lo expuesto, la Corte Su​prema de Justi​cia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E: Abstenerse de conocer del recurso de revisión interpuesto por la abogada Alexandra Morales Peñalosa. Notifíquese, cúmplase y archívese el expediente.

RAFAEL MENDEZ ARANGO FRANCISCO ESCOBAR HENRIQUEZ JOSE ROBERTO HERRERA VERGARA CARLOS ISAAC NADER LUIS GONZALO TORO CORREA GERMAN G. VALDES SANCHEZ FERNANDO VASQUEZ BOTERO GILMA PARADA PULIDO Secretaria