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15826(30-10-01)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2001

Magistrado ponente: Édgar Lombana Trujillo

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE 1 Corte Suprema de Justicia Sala Penal Unica No. 15.826 ALVARO LONDOÑO A. Proceso No 15826 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente Dr. EDGAR LOMBNA TRUJILLO Aprobado Acta No.167 Bogotá D. C., treinta (30) de octubre de dos mil uno (2.001). VISTOS Decide la Sala sobre la posibilidad de redimir la pena impuesta al condenado ALVARO LONDOÑO ARISTIZABAL, por trabajo acreditado en prisión. CONSIDERACIONES DE LA SALA 1.

En providencia del 24 de septiembre del corriente año, la Sala se abstuvo de redimir la pena solicitada por condenado ALVARO LONDOÑO ARISTIZABAL con base en el certificado de trabajo No. 57353, al echar de menos el certificado de conducta vigente reclamado por el artículo 101 del Código Penitenciario y Carcelario, en armonía con el artículo 76 del acuerdo 11 de 1.995 del INPEC. 2.

Recientemente el Asesor Jurídico de la Penitenciaría Central de Colombia “La Picota”, remitió dos certificados de disciplina expedidos por el Concejo de Disciplina, en donde califica de ejemplar el comportamiento observado por el condenado en prisión durante los períodos comprendidos entre el 14 de octubre de 2.000 y el 15 de abril de 2.001 y el 16 de abril y el 16 de septiembre del corriente año. 3.

Ahora bien, con el certificado No. 57353 el señor ALVARO LONDOÑO JIMENEZ acredita 1144 horas de trabajo laborados en los meses de enero y junio del corriente año que equivalen a 143 días a razón de 8 horas diarias, los que a su vez lo hacen acreedor a 71 días de reducción de la pena, pues dos días de trabajo redimen uno de sanción, amen que se cumplieron totalmente las exigencias de los artículos 100 y 101 del Código Penitenciario y Carcelario, esto es, el trabajo fue evaluado satisfactoriamente y la conducta ejemplar, y en el expediente obra la resolución que autoriza las actividades agrícolas los días domingos y festivos.

Como quiera que la Corte le ha reconocido al condenado 10 meses 18 días de reducción de pena por trabajo y estudio, a ese monto se adiciona el ahora abonado de 71 días, operación que arroja como resultado un total de 12 meses 29 días de descuento de pena por dichos conceptos, hasta ahora. Por lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia;

RESUELVE

PRIMERO: Reconocer al condenado ALVARO LONDOÑO ARISTIZABAL una redención de pena equivalente a 2 meses 11 días.

SEGUNDO: Sumado este tiempo al reconocido en providencias anteriores, arroja como resultado que el condenado ha descontado de la pena hasta ahora por concepto de trabajo y estudio, 12 meses y 29 días. Cópiese, notifíquese y cúmplase. CARLOS EDUARDO MEJIA ESCOBAR FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GALVEZ ARGOTE JORGE A. GOMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ALVARO O. PEREZ PINZON NILSON E. PINILLA PINILLA TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria