CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CASACIÓN 15.787 DIEGO ARENAS MATTA CASACIÓN 15.787 DIEGO ARENAS MATTA Proceso N° 15787 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente: Dr. FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL Aprobado Acta No. 150 Bogotá, D.C., tres (3) de octubre del dos mil uno (2001). VISTOS Procede la Sala a resolver el desistimiento del recurso extraordinario de casación manifestado por el procesado DIEGO ARENAS MATTA.
ANTECEDENTES El Tribunal Superior de Pereira mediante sentencia de 6 de noviembre de 1998, confirmó la proferida por el Juzgado Unico Promiscuo del Circuito de la Virginia (Risaralda), donde se condena al procesado WILLIAM DE JESÚS CANO ZAPATA a la pena principal de 25 años de prisión por el delito de homicidio. En memorial que antecede el procesado manifiesta que desiste del recurso extraordinario de casación. Se dispuso entonces, requerir al defensor para que manifestara si estaba de acuerdo con la determinación tomada por su representado WILLIAM DE JESÚS CANO ZAPATA, contestando en su comunicación posterior que no coadyuvaba tal solicitud de su defendido.
CONSIDERACIONES El artículo 127 del Código de procedimiento penal establece que “cuando la defensa se ejerza de manera simultánea por el sindicado y su defensor, prevalecerán las peticiones de este último”. Vemos que en este caso se presenta tal situación. En consecuencia, no es procedente la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario, por lo cual se le denegará. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, sala de Casación Penal, RESUELVE:
1. NO ACEPTAR el desistimiento del recurso de casación manifestado por el procesado DIEGO ARENAS MATTA. 2. Ejecutoriada esta decisión devuélvase le expediente al Ministerio Público para lo de su cargo.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. CARLOS E. MEJIA ESCOBAR FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GALVEZ ARGOTE JORGE A. GOMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ALVARO O. PEREZ PINZON NILSON PINILLA PINILLA TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria PAGE 4