PROCESO No PROCESO No. 15318 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente Nilson E. Pinilla Pinilla Aprobado Acta No. 62 Santafé de Bogotá, D. C., tres (3) de mayo de mil novecientos noventa y nueve (1999). ASUNTO: La defensora del sindicado LUIS CARLOS TOBON RAMIREZ solicita la libertad inmediata de su representado por encontrarse detenido desde el 23 de enero de 1998 y haber superado los términos previstos en el estatuto procesal penal.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE: El proceso adelantado contra LUIS CARLOS TOBON RAMIREZ llegó a esta Corporación para decidir el conflicto negativo de competencias trabado entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia y el Tribunal Nacional. Al haberse formulado la petición de libertad aludida, debe reiterar la Sala que con motivo de incidentes como los de recusación e impedimentos o colisiones de competencia, solamente puede pronunciarse sobre el asunto respectivo, y por consiguiente, no está facultada para tomar decisiones sobre temas distintos, como conocer y definir solicitudes de libertad.
En el caso concreto, la defensora reclama la libertad inmediata de su patrocinado, “por cuanto ha superado todos los términos legales habidos y por haber dentro del Código de Procedimiento Penal puesto que se encuentra detenido desde el 23 de enero de 1998 sin que tenga definida su situación”, de donde se infiere que tal solicitud desatiende las facultades restringidas que otorga la ley a la Corte cuando se procede por uno de los incidentes mencionados, en donde lo que se busca es una decisión de plano, sin dar lugar a dilaciones.
El artículo 101 del Código de Procedimiento Penal establece que “Mientras se dirime la colisión, lo referente a las medidas cautelares será resuelto por el juez que tuviere el proceso en el momento en que deba tomarse la respectiva decisión”, debiéndose entender que las peticiones de libertad han de ser resueltas en la forma prioritaria establecida por la Ley, por el funcionario judicial en donde queda el asunto en espera de que el competente decida el incidente.
En el caso tratado, es el Tribunal Nacional, que trabó el conflicto, el llamado por previsión normativa, a resolver la solicitud de excarcelación, y en consecuencia, allí será remitida, con copia de la actuación que reposa en esta Corporación. Por lo anteriormente expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, R E S U E L V E: 1° ABSTENERSE de decidir la petición de libertad del procesado LUIS CARLOS TOBON RAMIREZ, formulada por su defensora. 2° Remitir inmediatamente dicha solicitud al Tribunal Nacional, para lo de su cargo.
Comuníquese a la peticionaria y al detenido, y, cúmplase. JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL RICARDO CALVETE RANGEL JORGE E. CORDOBA POVEDA CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE EDGAR LOMBANA TRUJILLO CARLOS EDUARDO MEJIA ESCOBAR DIDIMO PAEZ VELANDIA NILSON E. PINILLA PINILLA PATRICIA SALAZAR CUELLAR Secretaria �PÁGINA �4� Libertad- Colisión de Competencias N° 15.318 LUIS CARLOS TOBON RAMIREZ Libertad- Colisión de Competencias N° 15.318 LUIS CARLOS TOBON RAMIREZ