Proceso No 15176 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. 15176. Casación DESISTIMIENTO PAGE 4 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. 15176. Casación DESISTIMIENTO Proceso No 15176 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente: Dr. JORGE E. CORDOBA POVEDA Aprobado acta Nº 87 Bogotá, D. C., primero (1) de agosto de dos mil dos (2002).
V I S T O S Resuelve la Corte la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación presentada por el procesado Jhon Mario Rua Ramírez, coadyuvada por su defensor. A N T E C E D E N T E S 1. En escrito que hace llegar a esta Corporación, el procesado manifiesta que desiste del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia, petición que es coadyuvada por su defensor. 2.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante proveído del 13 de julio de 1998, confirmó la sentencia del 2 de abril de ese mismo año, dictada por el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de la misma ciudad, en la cual se condenó a Rua Ramírez, como autor del delito de homicidio y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal. 3.
Interpuesto oportunamente el recurso extraordinario de casación por el defensor del procesado Jhon Mario Rua Ramírez, el mismo fue concedido. 4. Encontrándose el proceso al despacho para proferir el fallo de casación, se presentó por el procesado solicitud de desistimiento del recurso extraordinario, coadyuvada por su defensor. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Es de reconocer que la prerrogativa de desistir del recurso extraordinario de casación le asiste a la parte que lo interpone, hasta antes de que la Sala decida, al tenor del artículo 230 del nuevo Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000).
Teniendo en cuenta lo anterior, resulta procedente la petición formulada por el procesado y su defensor. En consecuencia, se admitirá el desistimiento del recurso extraordinario. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, R E S U E L V E ADMITIR el desistimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor del procesado Jhon Mario Rua Ramírez.
Contra esta decisión procede recurso de reposición. Notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen. Cúmplase. ALVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CÓRDOBA POVEDA HERMAN GALÁN CASTELLANOS CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE JORGE ANIBAL GÓMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO CARLOS EDUARDO MEJÍA ESCOBAR NILSON PINILLA PINILLA TERESA RUÍZ NUÑEZ Secretaria 4