CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 4 3 Casación No. 14000 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Magistrado Ponente: CARLOS ISAAC NADER ACTA 28 RADICACION 14000 Santafé de Bogotá D.C., cinco (5) de julio de dos mil (2000) Procede la Corte a decidir sobre la viabilidad del recurso de casación interpuesto por el apoderado de SALUSTIANO JARAMILLO GARCIA dentro de proceso ordinario laboral que éste adelanta contra la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “TELECOM” y OTRA.
I.
ANTECEDENTES 1. El demandante por su vocero judicial interpuso recurso extraordinario de casación contra la sentencia proferida el 28 de octubre de 1999, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el cual concedido, se admitió por la Corte. 2. Mediante auto del 17 de febrero de 2000 se dio traslado al recurrente por el término legal, que según los informes secretariales de folios 17 y 18 del cuaderno de la Corte, venció el 6 de abril y, la demanda fue presentada el 7 de ese mismo mes. 3.
Aconteció, que se continuó el trámite del recurso, y mediante auto del 27 de abril se calificó la demanda. 4. Por auto de 22 de mayo del presente año se dio traslado a la parte opositora, término que fue interrumpido por entrar el expediente al Despacho para reconocer personería al doctor JAIRO HUMBERTO OSPINA OSPINA, como procurador judicial de TELECOM y para lo que se encuentra hoy el expediente.
II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE 5. De los informes de folios 17 y 18 (C. Corte), se desprende, ciertamente que el término legal de traslado al recurrente venció el 6 de abril de 2000, y la demanda de casación correspondiente fue presentada el 7 de ese mismo mes y año, esto es, un día después, lo que la hace extemporánea. 6. Corresponde, entonces, declarar la nulidad del auto proferido el 27 de abril de 2000, que dio por satisfechos los requisitos formales, y de toda la actuación posterior a dicha providencia, toda vez que no se tenía competencia (art. 140 Numeral 2º del C. de P.C. reformado por el art. 1º del Decreto 2282 de 1989 Mod. 79 y 80).
En mérito de lo expuesto la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE 1. Declarar nulo el auto de 27 de abril de 2000 y toda la actuación posterior. 2. Declarar desierto el recurso de casación interpuesto por el apoderado de SALUSTIANO JARAMILLO GARCIA contra la sentencia de 28 de octubre de 1999, dictada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, dentro del proceso que este le sigue a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones “Telecom” y otra.
Cópiese, notifíquese y devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Carlos Isaac Nader Francisco Escobar Henríquez Rafael Méndez Arango Luis Gonzalo Toro Correa German G. Valdés Sánchez Fernando Vásquez Botero Gilma Parada Pulido Secretaria