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13403(28-09-99)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral1999

Magistrado ponente: Fernando Vásquez Botero

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: Fernando Vásquez Botero Radicación Nro. 13403 Recurso de revisión Acta Nro. 039 Santafé de Bogotá, D.C., septiembre veintiocho (28) de mil novecientos noventa y nueve (1999) José Luis Gómez Tapia, invocando el derecho de petición, solicita a esta Corporación la revisión del proceso ordinario que le promovió a la empresa Editorial Libros & Libres S.A., por cuanto se siente “inconforme en cuanto al monto establecido, ya que ni siquiera se me reconocen los intereses moratorios a pesar de que el proceso duró aproximadamente 4 años” Para resolver, SE CONSIDERA El artículo 62 del Código Procesal del Trabajo solamente contempla los recursos de reposición, apelación, súplica, casación y de hecho, y contra los laudos arbitrales, el de homologación. No consagra esa norma, ni ninguna otra disposición de nuestro ordenamiento adjetivo laboral, el recurso de revisión. De tal manera que este medio de impugnación no tiene cabida en materia laboral.

Y no es factible pensar en la posibilidad de recurrir al fenómeno de la remisión analógica consagrado en el artículo 145 del C.P.L. para darle aplicación en los procesos laborales al artículo 379 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, que consagra el recurso de revisión contra las sentencias civiles, porque tal proceso de integración únicamente resulta procedente ante la falta de disposiciones especiales en el procedimiento del trabajo, lo cual no sucede en tratándose de los recursos que proceden contra las providencias que se dictan en los juicios laborales, pues, como ya vimos, el artículo 62 del C.P.L. se refiere suficientemente a los medios de impugnación con los que se pueden atacar las providencias judiciales del trabajo.

Además, al tocar el tema de los recursos con la competencia funcional, no es procedente respecto de este punto la aplicación analógica. Por lo anterior, resulta notoriamente improcedente el recurso de revisión presentado por el demandante. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE Abstenerse de conocer del recurso de revisión interpuesto por JOSÉ LUIS GÓMEZ TAPIA.

NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE EL EXPEDIENTE. FERNANDO VÁSQUEZ BOTERO FRANCISCO ESCOBAR HENRÍQUEZ JOSÉ ROBERTO HERRERA VERGARA CARLOS ISAAC NADER RAFAEL MÉNDEZ ARANGO LUIS GONZALO TORO CORREA GERMÁN G. VALDÉS SÁNCHEZ LAURA MARGARITA MANOTAS GONZÁLEZ Secretaria Recurso de revisión Radicación # 13403 � PAGE �4�