CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente: Dr: RICARDO CALVETE RANGEL Aprobado Acta No. 60 Santa Fe de Bogotá D.C., mayo veintinueve de mil novecientos noventa y siete. VISTOS: Resuelve la Sala lo que corresponda en relación con las presentes diligencias adelantadas contra el doctor ALVARO ARAUJO CASTRO, Representante a la Cámara.
ANTECEDENTES: En escrito anónimo dirigido a la Fiscalía General de la Nación se afirma que el representante a la Cámara Alvaro Araujo Castro y el Gobernador del Cesar Mauricio Pimienta se encuentran incursos en los delitos de testaferrato y enriquecimiento ilícito, por cuanto recibieron dineros de los hermanos Rodríguez Orejuela Advertida por la Fiscalía la condición de Congresista del doctor ARAUJO, fue remitida a ésta Corporación copia del anónimo por razón de competencia. CONSIDERACIONES DE LA SALA 1º.- Está plenamente acreditado que el doctor ALVARO ARAUJO CASTRO es actualmente Representante a la Cámara, circunstancia que otorga la competencia a ésta Corporación para adelantar la investigación y el Juzgamiento, tal como se desprende de lo establecido en el artículo 235 de la Constitución Política. 2º.- El anónimo le imputa al Congresista los delitos de enriquecimiento ilícito y testaferrato, y el desconocido autor se pregunta si será que el personaje tiene suficiente poder político que no lo toca la Justicia. Además del contenido insidioso de las aseveraciones, que reafirman su oscura procedencia, no aporta ningún elemento que pueda calificarse de prueba o que de algún grado de precisión y seriedad al escrito.
La carencia de datos sobre la identidad de la persona responsable de esa comunicación impide que pueda ampliarse su queja, a fin de clarificarla y conseguir elementos de juicio que permitan orientar la actuación es un sentido específico. Por lo anterior, no queda otro alternativa que dar aplicación al artículo 38 de la ley 190 de 1.990 ordenando la inadmisión de la denuncia anónima.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal-,
RESUELVE
Inadmitir la denuncia anónima formulada contra el Representante a la Cámara ALVARO ARAUJO CASTRO. En firme ésta decisión archívense las diligencias. Cópiese, Notifíquese y Cúmplase, CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL RICARDO CALVETE RANGEL JORGE E. CORDOBA POVEDA JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO CARLOS EDUARDO MEJIA ESCOBAR DIDIMO PAEZ VELANDIA NILSON PINILLA PINILLA JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA PATRICIA SALAZAR CUELLAR Secretaria Rad.12982.Unica Alvaro Araujo C. �PÁGINA � �PÁGINA �6�