CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Casación No. 12.608 P./Alberto de Jesús Mattos Cabrera Desistimiento. Casación No. 12.608 P./Alberto de Jesús Mattos Cabrera Desistimiento Proceso N° 12608 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL MAGISTRADO PONENTE: Dr. CARLOS AUGUSTO GÁLVEZ ARGOTE Aprobado: Acta No. 150 Bogotá, D.C., tres (3) de octubre de dos mil uno (2.001).
VISTOS: Se pronuncia la Sala acerca del desistimiento que a la casación presentan el procesado ALBERTO DE JESÚS MATTOS CABRERA y su defensor.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES: 1. Mediante sentencia proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Santa Marta, el 2 de mayo de 1.996, fue condenado el señor ALBERTO DE JESÚS MATTOS CABRERA a la pena privativa de libertad de 25 años de prisión, fallo que posteriormente fuera confirmado por el Tribunal Superior de Santa Marta a través de proveído calendado 16 de julio de 1.996, al hallársele responsable de la comisión del delito de homicidio. 2.
El 24 de octubre de 1.996 fue presentada, por el defensor público del procesado, casación contra el fallo proferido por el precitado Tribunal, de la cual, una vez el expediente en la Corte, el procesado, coadyuvado por su defensor, desistió. 3. Señala el artículo 230 de la Ley 600 de 2.000 que “ podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida ”, por lo que, para el caso en estudio, han de aplicarse los efectos del citado precepto, pues, ciertamente, el procesado y su defensor, antes de que la Corte hubiere procedido a resolverlo, han desistido del extraordinario medio de impugnación. Por tanto, bajo las consideraciones que se han plasmado, se admitirá el desistimiento y en consecuencia se remitirá el expediente a su lugar de origen.
En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL,
RESUELVE
ACEPTAR el desistimiento a la casación, interpuesto por el procesado y su defensor. Por ende, regresen las diligencias al Tribunal de origen. Contra esta providencia procede el recurso de reposición. Cópiese, notifíquese y cúmplase. CARLOS EDUARDO MEJÍA ESCOBAR FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CÓRDOBA POVEDA HERMAN GALÁN CASTELLANOS CARLOS AUGUSTO GÁLVEZ ARGOTE JORGE ANIBAL GÓMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN NILSON PINILLA PINILLA Teresa Ruíz Núñez Secretaria PAGE 3