Micelio
12368kkCorte Suprema de Justicia · Sala Penal1999

Magistrado ponente: Jorge Aníbal Gómez Gallego

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA�PRIVADO �� SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente. Dr. JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO Aprobado Acta No. 28 Santafé de Bogotá D. C., dos (2) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999). VISTOS El procesado JOSE RAUL RIOS GOMEZ quien se halla detenido en la Cárcel Municipal de Chinchiná (Caldas), interpuso recurso de reposición contra la providencia de fecha 2 de febrero del corriente año, mediante la cual se le negó la libertad provisional que éste demandara.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Esta Corporación en proveído de fecha 2 de febrero del año en curso negó a Ríos Gómez la libertad provisional, al considerar que en su caso no se cumplían a cabalidad con todos los requisitos exigidos en el artículo 72 del Código Penal, es decir, que no obstante acreditar el factor cuantitativo y demostrar su buen comportamiento en el centro de reclusión en donde se encuentra detenido, no se hacia merecedor a la excarcelación pretendida, puesto que previo el análisis de los antecedentes de todo orden, se pudo establecer que el libelista debía cumplir con la totalidad de la pena impuesta en los fallos de instancia. Con el fin de notificar la anterior decisión al procesado Ríos Gómez la Secretaría de la Sala libró el pasado 4 de febrero el despacho comisorio No.068, quien al ser enterado del proveído tantas veces mencionado en el acta respectiva dijo “Interpongo Recurso de Reposición” (fls.88 y 90), no obstante lo cual, dentro del término previsto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Penal, no presentó escrito de sustentación ante la oficina jurídica, ni tampoco hizo llegar a esta Corporación sus manifestaciones de inconformidad con la providencia recurrida, motivo por el cual debe declararse desierta la impugnación. En mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, declara DESIERTO el recurso de reposición interpuesto por el procesado JOSE RAUL RIOS GOMEZ, contra la providencia de fecha 2 de febrero del año en curso, mediante la cual se le negó la libertad provisional solicitada.

Notifíquese y cúmplase. JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL RICARDO CALVETE RANGEL JORGE E. CORDOBA POVEDA CARLOS A. GALVEZ ARGOTE EDGAR LOMBANA TRUJILLO CARLOS E. MEJIA ESCOBAR DIDIMO PAEZ VELANDIA NILSON PINILLA PINILLA PATRICIA SALAZAR CUELLAR Secretaria � �PÁGINA � �PÁGINA �4� Casación No. 12.368 José Raúl Ríos Gómez Reposición Casación No. 12.368 José Raúl Ríos Gómez Reposición