Micelio
1100131030382006-00048-01 [30-01-2009]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2009

Magistrado ponente: Cesar Julio Valencia Copete

Ley 270 de 1996

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., treinta (30) de enero de dos mil nueve (2009) Ref. exp. 1100131030382006-00048-01 El magistrado ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ, ha manifestado su impedimento para conocer del presente asunto.

Por cuanto el concepto extraprocesal que dice haber dado sobre el asunto materia del litigio configura la causal de recusación prevista en el ordinal 12º, artículo 150 del Código de Procedimiento Civil y, por tanto, de impedimento, es dable su admisión. En consecuencia, la Corte ACEPTA la manifestación efectuada por el mencionado magistrado de separarse del conocimiento de este asunto, no siendo del caso designar conjuez en su reemplazo, debido a que no se da la circunstancia prevista en el inciso final del artículo 54 de la ley 270 de 1996.

En firme este auto, vuelvan las diligencias al despacho, para los fines pertinentes. Notifíquese WILLIAM NAMÉN VARGAS JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR RUTH MARINA DÍAZ RUEDA PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE EDGARDO VILLAMIL PORTILLA PAGE 2 C.J.V.C. Exp. 1100131030382006-00048-01