Micelio
1100131030372000-00743-01 [15-01-2010]00Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2010

Magistrado ponente: Pedro Octavio Munar Cadena

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PRIVATE SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, D. C., quince (15) de enero de dos mil diez (2010). Ref: Exp. 11001 3103 037 2000 00743 01 Observa el suscrito magistrado que el impedimento manifestado por el Doctor Arturo Solarte Rodríguez y aceptado por la Sala, no fue agregado en su debida oportunidad al auto que decidió no seleccionar a trámite la demandada de casación presentada, aspecto que impone, previamente, la adopción de los correctivos pertinentes.

Así, antes de cualquiera otra actuación, la Secretaría deberá realizar la respectiva notificación, en los términos previstos en la ley, de la providencia referida. Cumplido lo anterior retornará el expediente al Despacho para lo que corresponda. Cúmplase PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA Magistrado POMC Exp. 2000 00743 01