CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR Bogotá, D. C., veintiséis (26) de octubre de dos mil nueve (2009). Referencia: Expediente C-1100131030272000-00865-01 El magistrado, doctor ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ, ha manifestado a la Sala, en auto de 15 de octubre del año en curso, que en su condición de miembro de la Junta Directiva de la institución financiera demandada, tuvo "conocimiento del conflicto que se dirime en el proceso" y sobre el mismo emitió "opinión jurídica".
Como esos hechos se subsumen en la hipótesis prevista en el artículo 150, numeral 12 del Código de Procedimiento Civil, la Corte acepta el impedimento manifestado por el citado magistrado y consecuentemente lo declara separado del conocimiento del asunto. No hay lugar a integrar la Sala, mediante el sorteo de conjuez, en consideración a que la pluralidad mínima exigida en la ley para adoptar decisiones, no se ve afectada (artículo 54, in fine, ley 270 de 1996).
En firme este proveído vuelva el expediente al despacho para lo pertinente. Notifíquese WILLIAM NAMÉN VARGAS JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR RUTH MARINA DÍAZ RUEDA PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE EDGARDO VILLAMIL PORTILLA PAGE 2 J.A.A.P 1100131030272000-00865-01