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1100102030002009-01692-00 [02-10-2009]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2009

Magistrado ponente: Ruth Marina Díaz Rueda

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil 7 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá D. C., dos (2) de octubre de dos mil nueve (2009). Ref: Exp. 1100102030002009-01692-00 1.- Se rechaza, artículo 695-2 del C. de P. Civil, la anterior solicitud de exequátur respecto de la decisión con fuerza de sentencia adoptada por la Corte del Onceavo Circuito Judicial en y para el Condado de Miami-Dade de los Estados Unidos de América, el 7 de abril de 2004, que decretó el divorcio del matrimonio de María del Socorro Rivera de Carrasco y Carlos Arenas, porque la copia no aparece con claridad la constancia de ejecutoria de esta providencia, como lo exige el numeral 3° del artículo 694 ibídem, no siendo suficiente para acreditar dicha circunstancia procesal la simple afirmación de que "el término y sistema nuestro colombiano difiere totalmente en cuanto al procedimiento del mencionado estadounidense". 2.- Se reconoce personería jurídica para representar a María del Socorro Rivera de Carrasco al abogado Jhon Leonardo Trujillo Galvis. 3.- Se ordena devolver los anexos, sin necesidad de desglose. 4.- Ejecutoriada esta providencia, se archivará la actuación. Notifíquese RUTH MARINA DÍAZ RUEDA Magistrada PAGE 2 R-M.D.R. Exp. 1100102030002009-01692-00