CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá D.C., veintisiete (27) de agosto de dos mil nueve (2009).- Ref.: 11001-0203-000-2009-01421-00 De conformidad con lo establecido en el inciso tercero del art. 383 del C. de P.C., se inadmite la demanda que contiene el recurso extraordinario de revisión formulado por RUBIELA DEL ROSARIO MONTOYA GÓMEZ, YULIANA LÓPEZ MONTOYA, DIEGO ALEJANDRO LÓPEZ MONTOYA y GERMÁN DAVID LÓPEZ MONTOYA contra la sentencia proferida el 7 de junio de 2006 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín en el proceso ordinario de responsabilidad contractual de RUBIELA DEL ROSARIO MONTOYA GÓMEZ, YULIANA LÓPEZ MONTOYA, DIEGO ALEJANDRO LÓPEZ MONTOYA y GERMÁN DAVID LÓPEZ MONTOYA contra LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL, radicado en primera instancia ante el Juzgado Doce (12) Civil del Circuito de Medellín bajo el número 05001-31- 03-012-2002-00373-01, para que dentro del término de cinco (5) días, so pena de rechazo: 1.
Se precise la fecha en que quedó ejecutoriada la sentencia materia de revisión, pues en la demanda se señalan ASR 2009-01421-00 2 dos (2) fechas distintas, el 3 de abril de 2008 (fl. 216) y el 7 de febrero de 2008 (fl. 217). 2. Se indique el despacho judicial donde se encuentra el expediente contentivo del proceso. 3. Se acredite que el apoderado judicial de la parte actora es abogado inscrito.
Del escrito de subsanación se aportarán las copias necesarias para surtir el traslado de rigor. Notifíquese. ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ Magistrado ASR 2009-01421-00 3