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1100102030002008-00540-00 [A-058-2008]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2008

Magistrado ponente: William Namén Vargas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D.C., once (11) de abril de dos mil ocho (2008). Referencia: expediente 11001-0203-000-2008-00540-00 1. Mediante escrito radicado el dos (2) de abril de los corrientes, BLANCA CECILIA DURÁN DE CONTRERAS, en calidad de acreedor interesado en la sucesión de MYRIAM DEL SOCORRO CARRILLO ARELLANO, promovió conflicto de competencia entre los Juzgados Tercero (3°) de Familia de Bogotá y Tercero (3°) de Familia de Pasto, despachos judiciales ante los que se tramitan sendos procesos con relación a idéntico causante. 2.

Anexa la peticionaria a su escrito certificación proveniente de los despachos judiciales en cuestión, mediante las que acredita la existencia y estado de los procesos, el hecho de no haber sido dictada sentencia, así como su condición de interesada en la causa (certificación expedida por el Juzgado de Bogotá). 3. Corresponde a esta Corte dirimir el conflicto especial de competencia promovido por la peticionaria por cuanto los despachos judiciales involucrados corresponden a diferentes distritos judiciales. 4.

La solicitud en cuestión cumple con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 624 del Código de Procedimiento Civil. En mérito de lo expuesto, OFÍCIESE a los Juzgados Tercero (3°) de Familia de Bogotá y Tercero (3°) de Familia de Pasto a fin de que remitan a esta Corporación los expedientes contentivos de los juicios de sucesión que se adelantan con relación a la causante MYRIAM DEL SOCORRO CARRILLO ARELLANO. RECONÓCESE a ALEXIS CANDAMIL MONTOYA, como apoderado especial de BLANCA CECILIA DURÁN DE CONTRERAS en los términos y para los efectos del poder allegado con la solicitud que aquí se desata.

Notifíquese y Cúmplase, WILLIAM