CORTE SUPREMA DE JUSTICIA MAV - exp. 9117 2 CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPRIVADO Sala de Casación Civil Bogotá D. C., doce (12) de junio de dos mil dos (2002). Ref.: expediente No. 110010203000200200171 Visto que el presente conflicto de competencia para conocer la acción de tutela promovida por Libia Palacio Estrada, quien actúa en nombre de su hermano Jaime Palacio, contra Caprecom EPS, se ha suscitado entre autoridades de la jurisdicción ordinaria que comparten la misma especialidad y, según el mapa judicial, pertenecen al mismo distrito, como son los Juzgados 1° de Familia de Itagüí (Antioquia) y 2° de Familia de Medellín, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil, corresponde dirimirlo al Tribunal Superior de Medellín por conducto de su Sala de Familia.
En consecuencia, remítase el expediente a la citada corporación para lo de su cargo. Líbrense los oficios pertinentes. Manuel Ardila Velásquez