CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil siete (2007).- Ref: Exp. 0536031030012005-00060-01 El magistrado ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ, ha manifestado su impedimento para conocer del presente asunto.
Es claro que el motivo por él expresado lo recoge el ordinal 9º del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil como causal de recusación y, por tanto, de impedimento. En consecuencia, la Corte ACEPTA el impedimento manifestado por dicho magistrado para conocer de este asunto, no siendo del caso designar conjuez en su reemplazo, por cuanto no se da la circunstancia prevista en el inciso final del artículo 54 de la ley 270 de 1996.
En firme este auto, vuelvan las diligencias al despacho, para los fines pertinentes. Notifíquese RUTH MARINA DÍAZ RUEDA JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA WILLIAM NAMÉN VARGAS CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE EDGARDO VILLAMIL PORTILLA PAGE 2 C.J.V.C. Exp.0536031030012005-00060-01