CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente EDGARDO VILLAMIL PORTILLA Bogotá, D.C., treinta de abril de dos mil diez (Discutido y aprobado en sesión de veinticuatro de marzo de dos mil diez) Ref: Exp. No. 05001-31-03-007-2001-00263-01 El señor Magistrado Arturo Solarte Rodríguez ha manifestado su impedimento para conocer de este asunto, con invocación de la causal prevista en el numeral 9º del artículo 150 del C. de P. C., debido a su amistad con el mandatario judicial de la parte demandante, Dr. Carlos Esteban Jaramillo Schlolss.
Y como resulta claro que los jueces deben separarse del conocimiento de un proceso, cuando existe el grado de amistad establecido en la ley con una de las partes, su representante o apoderado, de conformidad con la norma mencionada, la Corte aceptará el impedimento presentado. En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE Aceptar el impedimento manifestado por el señor Magistrado Arturo Solarte Rodríguez.
No se designa conjuez, como quiera que no se dan los supuestos del inciso final del artículo 54 de la Ley 270 de 1996. Notifíquese, CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR RUTH MARINA DÍAZ RUEDA WILLIAM NAMÉN VARGAS PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA EDGARDO VILLAMIL PORTILLA 1 2 E.V.P. Exp. No. 05001-31-03-007-2001-00263-01 _1202878250.bin