Prestar servicios para garantizar las medidas de alojamiento temporal en la modalidad arriendo para los otorgamientos que se realicen en materia de Ayuda o Atención Humanitaria Inmediata o de transición; cuando corresponda; además de la dotación de bienes y enseres de primera necesidad y transporte de emergencia en el marco de lo establecido en la Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios.$2,1 mil mill.23 de abril de 2026SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ→UNION TEMPORAL BIENESTAR SOCIALEn ejecución· vigente hasta ago de 2026· Selección Abreviada de Menor Cuantía· Distrito Capital de Bogotá