Prestar los servicios profesionales; brindando el apoyo técnico a la Subdirección de subsidios Pensionales; servicios sociales complementarios y otras prestaciones ; especialmente en el reconocimiento y pago de la Prestación Humanitaria Periódica para las Víctimas del Conflicto Armado de que trata el artículo 46 de la Ley 418 de 1997.$28 mill.26 de enero de 2018MINTRABAJO NIVEL CENTRAL*/→tania isabel rico castañedaCerrado· finalizó ago de 2018· Contratación directa· Distrito Capital de Bogotá