RECURSO DE ANULACIÓN CONTRA LAUDO ARBITRAL / CONDENA EN COSTAS EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - A cargo de la parte demandada / PROCEDENCIA DE LA CONDENA EN COSTAS / LIQUIDACIÓN DE LA CONDENA EN COSTAS / LIQUIDACIÓN DE COSTAS PROCESALES / AGENCIAS EN DERECHO / LIQUIDACIÓN DE LAS AGENCIAS EN DERECHO / FIJACIÓN DE LAS AGENCIAS EN DERECHO / MONTO DE AGENCIAS EN DERECHO / APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE COSTAS PROCESALES / DEPÓSITO JUDICIAL / CONSIGNACIÓN DEL DEPÓSITO JUDICIAL Mediante sentencia de 31 de enero de 2019 se fijó la suma de quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes como agencias en derecho, a cargo de la parte demandada y a favor de Lindsayca S.A.S. La Secretaría de la Sección, en atención a lo dispuesto en la providencia antes referida, y en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 366 del Código General del Proceso, realizó la liquidación de costas en la suma de doce millones cuatrocientos veintiún mil setecientos cuarenta pesos m/cte.
($12.421.740). Mediante providencia del 21 de febrero del año en curso el Despacho le impartió su aprobación. El 9 de mayo de 2019, el apoderado de la Sociedad Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P. allegó copia del depósito judicial efectuado en el Banco Agrario por la suma de $12.427.078,00 correspondiente a las costas impuestas en providencia del 31 de enero de 2019 y aprobadas el 21 de febrero del mismo año (fol. 530-531, c. ppal.).
El 19 de julio de la presente anualidad el apoderado de Lindsayca S.A.S., solicitó se le entregue el titulo judicial constituido, para lo cual advirtió que cuenta con las facultades de recibir y cobrar dineros objeto de la condena, tal como consta a folio 22 del cuaderno principal 1 del Tribunal de Arbitramento. Por lo anterior, por Secretaría de la Sección entréguese al apoderado de la Sociedad Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P. el título judicial n.°4000100007177707 por valor de $12.421.740,00.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 366 NUMERAL 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil diecinueve (2019) Radicación número: 11001-03-26-000-2018-00020-00(60937)A Actor: LINDSAYCA S.A.S Demandado: SOCIEDAD TRANSPORTADORA DE GAS INTERNACIONAL S.A. E.S.P Referencia: RECURSO DE ANULACIÓN DE LAUDO ARBITRAL Mediante sentencia de 31 de enero de 2019 se fijó la suma de quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes como agencias en derecho, a cargo de la parte demandada y a favor de Lindsayca S.A.S. La Secretaría de la Sección, en atención a lo dispuesto en la providencia antes referida, y en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 366 del Código General del Proceso, realizó la liquidación de costas en la suma de doce millones cuatrocientos veintiún mil setecientos cuarenta pesos m/cte.
($12.421.740). Mediante providencia del 21 de febrero del año en curso el Despacho le impartió su aprobación. El 9 de mayo de 2019, el apoderado de la Sociedad Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P. allegó copia del depósito judicial efectuado en el Banco Agrario por la suma de $12.427.078,00 correspondiente a las costas impuestas en providencia del 31 de enero de 2019 y aprobadas el 21 de febrero del mismo año (fol. 530-531, c. ppal.).
El 19 de julio de la presente anualidad el apoderado de Lindsayca S.A.S., solicitó se le entregue el titulo judicial constituido, para lo cual advirtió que cuenta con las facultades de recibir y cobrar dineros objeto de la condena, tal como consta a folio 22 del cuaderno principal 1 del Tribunal de Arbitramento. Por lo anterior, por Secretaría de la Sección entréguese al apoderado de la Sociedad Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P. el título judicial n.°4000100007177707 por valor de $12.421.740,00.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARÍA ADRIANA MARÍN Magistrada KDL/13C CCM