Micelio
11001-03-15-000-2021-06919-00Consejo de Estado · SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN ASentencia2021-10-13

Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico

Actor: Marlon Esneider Galvis Gutiérrez·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura – Unidad De Registro Nacional De Abogados Y Auxiliares De La Justicia

ACCIÓN DE TUTELA CONTRA EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA / UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA / AUTO ADMISORIO DE LA ACCIÓN DE TUTELA Admitir la demanda presentada por el [actor], para la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y a elegir profesión u oficio, supuestamente vulnerados por la señora [M.E.C.M.], directora de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura.

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejera ponente: MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO Bogotá, D.C., trece (13) de octubre de dos mil veintiuno (2021) Radicación número: 11001-03-15-000-2021-06919-00(AC)A Actor: MARLON ESNEIDER GALVIS GUTIÉRREZ Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA – UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA Referencia: Acción de tutela – Admite Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por el señor Marlon Esneider Galvis Gutiérrez, para la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y a elegir profesión u oficio, supuestamente vulnerados por la señora Martha Esperanza Cuevas Meléndez, directora de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura.

SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, señora Martha Esperanza Cuevas Meléndez, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.

CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO BARG |Nota: esta providencia fue suscrita en forma |[pic] | |electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera | | |que el certificado digital que arroja el sistema | | |permite validar la integridad y autenticidad del | | |presente documento en el | | |link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vis| | |tas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al| | |aplicativo de validación escaneando con su teléfono | | |celular el código QR que aparece a la derecha. | |