INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN / VIGENCIA DE LA LEY / ADMISIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN / PARTE DEMANDANTE / RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA / DECISIONES DE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO / APLICACIÓN DE LA LEY PROCESAL / NOTIFICACIÓN PERSONAL / NOTIFICACIÓN AL MINISTERIO PÚBLICO / NOTIFICACIÓN POR ESTADO / NOTIFICACIÓN DE PARTES DEL PROCESO Como el recurso de apelación fue interpuesto antes de la vigencia de la Ley 2080 de 2021, ADMÍTESE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia […] proferida por el Tribunal Administrativo del Cauca, de conformidad con el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE personalmente al Ministerio Público y por estado a las demás partes. FUENTE FORMAL: LEY 2080 DE 2021 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 247 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE Bogotá D.C., diecinueve (19) de febrero de dos mil veintiuno (2021) Radicación número: 19001-23-33-000-2017-00016-01(66299) Actor: CONSORCIO CAUCA Demandado: EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE PIENDAMÓ-EMPIENDAMÓ E.S.P. Referencia: CONTROVERSIAS CONTRACTUALES APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO-Recurso de apelación interpuesto antes de la Ley 2080 de 2021.
APELACIÓN DE SENTENCIA-Admisión Ley 1437 de 2011. Como el recurso de apelación fue interpuesto antes de la vigencia de la Ley 2080 de 2021, ADMÍTESE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del 16 de julio de 2020, proferida por el Tribunal Administrativo del Cauca, de conformidad con el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE personalmente al Ministerio Público y por estado a las demás partes. GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE APO/DFF/5C+2Traslados+5CD