- Síntesis
- La Ley 1071 de 2006, que adicionó y modificó la Ley 244 de 1995, reguló el pago de las cesantías definitivas o parciales a los servidores públicos, previó las sanciones derivadas de su incumplimiento y fijó los términos para su cancelación. La sanción moratoria por el pago extemporáneo de las cesantías, prevista en la Ley 244 de 1995, no comporta un derecho, prerrogativa o acreencia derivada de la relación laboral, no está encaminada a compensar ninguna contingencia relacionada con el trabajo ni menos remunerarlo, y no posee connotaciones resarcitorias de perjuicios. El plazo con el que contaba la entidad demandada para la consignación de las cesantías corrió entre el 6 de marzo y el 11 de mayo de 2012, y en tanto el pago definitivo dicha prestación tuvo lugar el 17 de enero de 2017, se concluye que la entidad territorial demandada incurrió en mora, sancionable con un día de salario por cada día de retardo, durante el lapso comprendido entre el 12 de mayo de 2012 y el 17 de enero de 2017.