Micelio
11001-03-15-000-2020-03543-00Consejo de Estado · SALA PLENAAuto2020-08-31

Ponente: Stella Jeannette Carvajal Basto

RESOLUCIÓN 0399 DEL 16 DE JULIO DE 2020 DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA CARDER - Objeto. Prorroga las medidas contenidas en las Resoluciones CARDER 240 y 246 de 30 de marzo, 250 de 31 de marzo, 258 de 1 de abril y 259 de 2 de abril, todas de 2020. / RESOLUCIÓN 0399 DEL 16 DE JULIO DE 2020 DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA (CARDER) - Remisión para estudio de acumulación. Se remite el expediente al Despacho que avocó el control inmediato de legalidad de la Resolución 354 de 16 de junio de 2020, en la que la CARDER prorrogó las medidas adoptadas en las Resoluciones 239, 240 y 246 de 30 de marzo, 250 de 31 de marzo, 258 de 1 de abril y 259 de 2 de abril, todas de 2020, medidas nuevamente prorrogadas por la Resolución 0399 del 16 de julio de 2020 Encontrándose el expediente al despacho para decidir si se avoca o no conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 0399 de 16 de julio de 2020, «Por medio de la cual se prorrogan unas medidas transitorias adoptadas por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CARDER- en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica por causa del coronavirus COVID-19 y se dictan otras disposiciones», expedida por el Director General (E) de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CADER-, se advierte que, revisado el Sistema de Consulta de Procesos Justicia XXI, en la actualidad se encuentra en curso en el despacho de la Magistrada Rocío Araújo Oñate el control inmediato de legalidad de la Resolución No. 354 de 16 de junio de 2020, en la que la misma autoridad administrativa prorrogó las medidas adoptadas por medio de las Resoluciones CARDER No. 239, 240 y 246 de 30 de marzo, 250 de 31 de marzo, 258 de 1 de abril y 259 de 2 de abril, todas de 2020, cuyo radicado es el 2020-03541-00, en el que se avocó el conocimiento por medio de auto de 20 de agosto de 2020.

En el presente asunto, la Resolución No. 399 de 16 de julio de 2020, dictada por el Director General (E) de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CARDER-, resolvió prorrogar las medidas contenidas en las Resoluciones CARDER No. 240 y 246 de 30 de marzo, 250 de 31 de marzo, 258 de 1 de abril y 259 de 2 de abril, todas de 2020. Por consiguiente, se remitirá el expediente de la referencia relativo al control inmediato de legalidad de la Resolución No. 0399 de 16 de julio de 2020, proferida por el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CADER-, al despacho de la Magistrada Rocío Araújo Oñate, para que se estudie la posible acumulación al expediente 11001-03-15-000-2020- 03541-00.

Por lo anterior, se RESUELVE REMÍTASE el expediente con radicado No. 11001-03-15-000-2020-03543-00 al despacho de la Magistrada Rocío Araújo Oñate, para que se estudie la posible acumulación al expediente 11001-03-15- 000-2020-03541-00. FUENTE FORMAL: RESOLUCIÓN 240 DE 30 DE MARZO DE 2020 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA CARDER / RESOLUCIÓN 246 DE 30 DE MARZO DE 2020 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA CARDER / RESOLUCIÓN 250 DE 31 DE MARZO DE 2020 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA CARDER / RESOLUCIÓN 258 DE 1 DE ABRIL DE 2020 / RESOLUCIÓN 259 DE 2 DE ABRIL DE 2020 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA CARDER NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 0399 DE 2020 (16 de julio) CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA CARDER - (Remite para estudio de acumulación) CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ONCE ESPECIAL DE DECISIÓN Consejera Ponente: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO Bogotá, D. C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-03543-00(CA) AUTO Encontrándose el expediente al despacho para decidir si se avoca o no conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 0399 de 16 de julio de 2020, «Por medio de la cual se prorrogan unas medidas transitorias adoptadas por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CARDER- en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica por causa del coronavirus COVID-19 y se dictan otras disposiciones», expedida por el Director General (E) de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CADER-, se advierte que, revisado el Sistema de Consulta de Procesos Justicia XXI, en la actualidad se encuentra en curso en el despacho de la Magistrada Rocío Araújo Oñate el control inmediato de legalidad de la Resolución No. 354 de 16 de junio de 2020, en la que la misma autoridad administrativa prorrogó las medidas adoptadas por medio de las Resoluciones CARDER No. 239, 240 y 246 de 30 de marzo, 250 de 31 de marzo, 258 de 1 de abril y 259 de 2 de abril[1], todas de 2020, cuyo radicado es el 2020-03541-00, en el que se avocó el conocimiento por medio de auto de 20 de agosto de 2020.

En el presente asunto, la Resolución No. 399 de 16 de julio de 2020, dictada por el Director General (E) de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CARDER-, resolvió prorrogar las medidas contenidas en las Resoluciones CARDER No. 240 y 246 de 30 de marzo, 250 de 31 de marzo, 258 de 1 de abril y 259 de 2 de abril[2], todas de 2020. Por consiguiente, se remitirá el expediente de la referencia relativo al control inmediato de legalidad de la Resolución No. 0399 de 16 de julio de 2020, proferida por el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CADER-, al despacho de la Magistrada Rocío Araújo Oñate, para que se estudie la posible acumulación al expediente 11001-03-15-000-2020- 03541-00.

Por lo anterior, se RESUELVE REMÍTASE el expediente con radicado No. 11001-03-15-000-2020-03543-00 al despacho de la Magistrada Rocío Araújo Oñate, para que se estudie la posible acumulación al expediente 11001-03-15-000-2020-03541-00. Cúmplase, (Firmado electrónicamente) STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO Magistrada[pic][pic][pic][pic] ----------------------- [1] Exceptuando los artículos décimo cuarto, décimo séptimo y décimo octavo, aclarando que los artículos continuarán vigentes hasta que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible realice pronunciamiento frente a la adición realizada al Decreto 1076 del 2015, mediante el Decreto 465 de 23 de marzo de 2020. [2] Incluida la misma precisión efectuada en la Resolución No. 354 de 16 de junio de 2020.