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11001-03-15-000-2020-03219-00Consejo de Estado · SALA PLENAAuto2020-08-27

Ponente: Stella Jeannette Carvajal Basto

RESOLUCIÓN 0100 0300 0368 DEL 8 DE JULIO DE 2020 DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA CVC - Objeto. Modifica la Resolución 0100 No. 0100 0263 2020 del 28 de abril de 2020, en la que la corporación ajustó las medidas adoptadas en materia de prestación de servicios, en cumplimiento del Decreto 491 del 28 de marzo de 2020, para garantizar la atención a los administrados y el cumplimiento efectivo de las funciones administrativas / RESOLUCIÓN 0100 0300 0368 DEL 8 DE JULIO DE 2020 DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA CVC - Remisión para estudio de acumulación. Se remite el expediente al Despacho que avocó el control inmediato de legalidad de la Resolución 0100 No. 0100 0263 2020 del 28 de abril de 2020, que fue modificada por la Resolución 0100 No. 0300 0368 de 8 de julio de 2020 Encontrándose el expediente al despacho para decidir si se avoca o no conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución 0100 No. 0300-0368 de 8 de julio de 2020, «Por medio de la cual se modifica la Resolución 0100 No. 0100-0263-2020 del 28 de abril de 2020», expedida por el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC-, se advierte que, revisado el Sistema de Consulta de Procesos Justicia XXI, en la actualidad cursa en el Despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero el control inmediato de legalidad de la Resolución 0100 Nos. 0100-0263 de 28 de abril de 2020, «Por la cual la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC, ajusta las medidas adoptadas en materia de prestación de servicios, en cumplimiento del decreto 491 del 28 de marzo de 2020, para garantizar la atención a los administrados y el cumplimiento efectivo de las funciones administrativas, y se toman otras determinaciones», cuyo radicado es el 2020-01964-00.

De igual manera, se observa que ese mismo despacho judicial ordenó la acumulación del expediente 2020-02257-00, que contiene el control inmediato de legalidad de la Resolución 0100 No. 0100-0290 de 18 de mayo de 2020, «Por la cual se modifican las Resoluciones 0100 Nos. 0100-0249-2020 del 27 de marzo y 0100- 0263-2020 del 28 de abril de 2020», proferida por la misma autoridad administrativa, al expediente 2020-01964-00, este último asignado al doctor Pazos Guerrero.

Por consiguiente, se remitirá el expediente de la referencia al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, con el fin de que se estudie la posible acumulación al expediente 2020-01964- 00. Por lo anterior, se RESUELVE REMÍTASE el expediente con radicado 11001- 03-15-000-2020-03219-00 al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, con el fin de que se estudie la posible acumulación al expediente 11001-03-15-000-2020-01964-00.

FUENTE FORMAL: DECRETO 491 DE 2020 NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 0100 0300 0368 DE 2020 (8 de julio) CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA CVC (Remite para estudio de acumulación) CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ONCE ESPECIAL DE DECISIÓN Consejera Ponente: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO Bogotá, D. C., veintisiete (27) de agosto de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-03219-00(CA) AUTO Encontrándose el expediente al despacho para decidir si se avoca o no conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución 0100 No. 0300-0368 de 8 de julio de 2020, «Por medio de la cual se modifica la Resolución 0100 No. 0100-0263-2020 del 28 de abril de 2020», expedida por el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC-, se advierte que, revisado el Sistema de Consulta de Procesos Justicia XXI, en la actualidad cursa en el Despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero el control inmediato de legalidad de la Resolución 0100 Nos. 0100-0263 de 28 de abril de 2020, «Por la cual la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC, ajusta las medidas adoptadas en materia de prestación de servicios, en cumplimiento del decreto 491 del 28 de marzo de 2020, para garantizar la atención a los administrados y el cumplimiento efectivo de las funciones administrativas, y se toman otras determinaciones», cuyo radicado es el 2020-01964-00.

De igual manera, se observa que ese mismo despacho judicial ordenó la acumulación del expediente 2020-02257-00[1], que contiene el control inmediato de legalidad de la Resolución 0100 No. 0100-0290 de 18 de mayo de 2020, «Por la cual se modifican las Resoluciones 0100 Nos. 0100-0249-2020 del 27 de marzo y 0100-0263-2020 del 28 de abril de 2020», proferida por la misma autoridad administrativa, al expediente 2020-01964-00, este último asignado al doctor Pazos Guerrero.

Por consiguiente, se remitirá el expediente de la referencia al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, con el fin de que se estudie la posible acumulación al expediente 2020-01964-00. Por lo anterior, se RESUELVE REMÍTASE el expediente con radicado 11001-03-15-000-2020-03219-00 al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, con el fin de que se estudie la posible acumulación al expediente 11001-03-15-000-2020-01964- 00.

Cúmplase, (Firmado electrónicamente) STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO Magistrada[pic][pic][pic][pic] ----------------------- [1] Por auto de 1 de julio de 2020.