Micelio
11001-03-15-000-2020-03330-00Consejo de Estado · SALA PLENAAuto2020-09-02

Ponente: Julio Roberto Piza Rodríguez

Actor: Corporación Autónoma Regional Del Quindío·Demandado: Resolución 1492 Del 17 De Julio De 2020

TRÁMITE DE CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Remisión de antecedentes del acto administrativo objeto de análisis / TRÁMITE DE CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Requerimiento para cumplimiento de órdenes dadas en el auto que avocó conocimiento [E]l despacho avocó conocimiento del presente asunto y, entre otras cosas, ordenó: (…) De la revisión del expediente, el magistrado ponente constata que se realizó la publicación del aviso por parte de la secretaría general.

Sin embargo, no se han remitido los antecedentes administrativos de la Resolución 1492 de 2020 y, por tanto, no se ha podido correr traslado al Ministerio Público para que rinda concepto NORMA DEMANDADA: reSOLUCIÓN 1492 de 2020 Corporación Autónoma Regional del QUINDÍO (Requiere remisión de antecedentes administrativos) CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN Nro. 3 Consejero ponente: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Bogotá D.C., dos (2) de septiembre de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-03330-00(CA)A Actor: CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL QUINDÍO Demandado: RESOLUCIÓN 1492 DEL 17 DE JULIO DE 2020 AUTO Por auto del 28 de julio de 2020, el despacho avocó conocimiento del presente asunto y, entre otras cosas, ordenó: (i) a la secretaría general de la Corporación que publicara un aviso en el sitio web del Consejo de Estado, por el término de 10 días;

(ii) a la Corporación Autónoma Regional del Quindío que, en el término de 5 días, remitiera los antecedentes administrativos del acto objeto de control, y (iii) a la secretaría general que, una vez vencido el plazos de la publicación y tan pronto se recibieran los antecedentes administrativos, corriera traslado, por 10 días, al Ministerio Público para que rindiera concepto.

De la revisión del expediente, el magistrado ponente constata que se realizó la publicación del aviso por parte de la secretaría general. Sin embargo, no se han remitido los antecedentes administrativos de la Resolución 1492 de 2020 y, por tanto, no se ha podido correr traslado al Ministerio Público para que rinda concepto. En consecuencia, se dispone: 1.

Ordenar a la Corporación Autónoma Regional del Quindío que dé cumplimiento al numeral 5 del auto del 28 de julio de 2020, esto es, remita los antecedentes administrativos de la Resolución 1492 de 2020. 2. Cumplido lo anterior, correr traslado, por el término de 10 días, al agente del Ministerio Público para que rinda concepto. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co