RESOLUCIÓN 20201300023447 DEL 24 DE MAYO DE 2020 DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA - Objeto. Modifica la resolución No 20201300014047 de 13 de abril de 2020, proferida por el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada RESOLUCIÓN 20201300023447 DEL 24 DE MAYO DE 2020 DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA - Remisión para estudio de acumulación. En el caso la acumulación se justifica por la conexidad que existe entre las resoluciones 20201300013787, 20201300014047 y 20201300020487, todas de 2020, con la resolución 20201300023447 de 2020, al tratarse de los actos acumulados inicialmente y el acto que modifica la resolución 20201300014047 de 13 de abril de 2020, la cual es una de las resoluciones acumuladas. [E]l despacho advierte que, revisado el sistema de consulta de procesos judiciales Justicia Siglo XXI, en la actualidad cursa en el Despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, el control inmediato de legalidad de las Resoluciones Nos. 20201300013787 del 2 de abril de 2020 (exp. 2020-01671-00), 20201300014047 del 13 de abril de 2020 (exp. 2020- 02671-00) y 20201300020487 del 9 de mayo de 2020 (2020-02668-00), de los que se dispuso su acumulación por auto del 6 de julio de 2020.
Igualmente se observa que, mediante auto del 25 de junio de 2020, la doctora Rocío Araújo Oñate remitió al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero el expediente 2020-02667-00, relativo al control inmediato de legalidad de la Resolución No. 20201300017187 del 27 de abril de 2020, proferida por el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, con el fin de que se decida sobre la posible acumulación. En tal virtud, se remitirá el expediente de la referencia relativo al control inmediato de legalidad de la Resolución No. 20201300023447 del 24 de mayo de 2020, «Por la cual se modifica la resolución No 20201300014047 de 13 de abril de 2020», proferida por el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, con el fin de que se estudie la posible acumulación al expediente 11001-03-15-000-2020- 01671-00.
Por lo anterior, se RESUELVE REMÍTASE el expediente con radicado No. 11001-03-15-000-2020-02670-00 al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, con el fin de que estudie la posible acumulación al expediente No. 11001-03-15-000-2020-01671-00. NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 20201300023447 DE 2020 (24 de mayo) SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA (Remite para estudio de acumulación) CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ONCE ESPECIAL DE DECISIÓN Consejera Ponente: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO Bogotá, D. C., seis (6) de julio de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-02670-00(CA) Actor: SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA Demandado: RESOLUCIÓN 20201300023447 DEL 24 DE MAYO DE 2020 AUTO Encontrándose el expediente al despacho para decidir si se avoca o no conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 20201300023447 del 24 de mayo de 2020, «Por la cual se modifica la resolución No 20201300014047 de 13 de abril de 2020», proferida por el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, el despacho advierte que, revisado el sistema de consulta de procesos judiciales Justicia Siglo XXI, en la actualidad cursa en el Despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, el control inmediato de legalidad de las Resoluciones Nos. 20201300013787 del 2 de abril de 2020 (exp. 2020-01671-00), 20201300014047 del 13 de abril de 2020 (exp. 2020-02671-00) y 20201300020487 del 9 de mayo de 2020 (2020-02668-00), de los que se dispuso su acumulación por auto del 6 de julio de 2020[1].
Igualmente se observa que, mediante auto del 25 de junio de 2020, la doctora Rocío Araújo Oñate remitió al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero el expediente 2020-02667-00, relativo al control inmediato de legalidad de la Resolución No. 20201300017187 del 27 de abril de 2020, proferida por el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, con el fin de que se decida sobre la posible acumulación[2].
En tal virtud, se remitirá el expediente de la referencia relativo al control inmediato de legalidad de la Resolución No. 20201300023447 del 24 de mayo de 2020, «Por la cual se modifica la resolución No 20201300014047 de 13 de abril de 2020», proferida por el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, con el fin de que se estudie la posible acumulación al expediente 11001-03-15-000-2020-01671-00.
Por lo anterior, se RESUELVE REMÍTASE el expediente con radicado No. 11001-03-15-000-2020-02670-00 al despacho del Magistrado Ramiro de Jesús Pazos Guerrero, con el fin de que estudie la posible acumulación al expediente No. 11001-03-15-000-2020-01671- 00. Cúmplase, (Firmado electrónicamente) STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO Magistrada[pic][pic][pic][pic] ----------------------- [1] Se dispuso la acumulación de los expedientes 2020-002668-00 y 2020- 02671-00 al expediente 2020-01671-00. [2] El expediente ingresó al despacho el 30 de junio de 2020.