- Síntesis
- En el presente caso, el señor [R.S.M.] pretende que se deje sin efecto la providencia (…) proferida por el Tribunal dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho (…) promovido contra el HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE VILLAVICENCIO E.S.E. A la citada providencia se le atribuye la vulneración de los derechos fundamentales (…) por cuanto, a su juicio del accionante, la autoridad judicial accionada incurrió en un defecto fáctico al no valorar debidamente las pruebas aportadas al proceso ordinario que daban cuenta de la existencia de una relación laboral con el hospital, especialmente al haberse acreditado el elemento de la subordinación. (…) [L]a Sala observa que el Tribunal consideró que si bien el actor cumplía con algunos de los presupuestos que constituían la relacion laboral con el HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE VILLAVICENCIO E.S.E, no se logró probar la subordinación o dependencia con el mismo. (…) Contrario a lo expresado por el actor, se evidencia que en la sentencia cuestionada sí se relacionaron y analizaron en debida forma cada una de las pruebas obrantes en el proceso, de las cuales no fue posible establecer la existencia de un contrato realidad entre aquel y el HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE VILLAVICENCIO E.S.E. (…) Así las cosas, le asistió razón al Tribunal en considerar que el actor no logró probar el elemento indispensable de subordinación y, por ende, establecer la relación laboral. (…) En virtud de lo expresado, la Sala denegará el amparo solicitado (…).